I.1. Antecedentes de la demanda
MAGISTRADO RELATOR : Dr. Ricardo Torres Echalar
LUGAR Y FECHA : Sucre, 22 de julio de 2020
VISTOS: La demanda contencioso administrativa de fs. 32 a 38, subsanada de fs. 51 a 54, interpuesta por Long Zhu, representante legal de Betoya Industrial Development Company SRL, en virtud del Testimonio Poder Nº 734/2018 de 30 de mayo, otorgado por la Notaría de Fe Pública Nº 71 a cargo de la Dra. Silvia Valeria Caro Claure de la ciudad de La Paz, que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico Nº 056/2018 de 27 de febrero, emitida por el Ministro de Minería y Metalurgia, contestación de fs. 61 a 67, contestación del tercero interesado de fs. 73 a 82, los antecedentes administrativos y;
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes de la demanda
LUGAR Y FECHA : Sucre, 22 de julio de 2020
VISTOS: La demanda contencioso administrativa de fs. 32 a 38, subsanada de fs. 51 a 54, interpuesta por Long Zhu, representante legal de Betoya Industrial Development Company SRL, en virtud del Testimonio Poder Nº 734/2018 de 30 de mayo, otorgado por la Notaría de Fe Pública Nº 71 a cargo de la Dra. Silvia Valeria Caro Claure de la ciudad de La Paz, que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico Nº 056/2018 de 27 de febrero, emitida por el Ministro de Minería y Metalurgia, contestación de fs. 61 a 67, contestación del tercero interesado de fs. 73 a 82, los antecedentes administrativos y;
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes de la demanda