Sentencia Rol 9677 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 9677 - 2020

Fecha: 28-May-2021

0000452 CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y TENIENDO PRESENTE lo preceptuado en el artículo 93, incisos primero, N° 6°, y decimoprimero, y en las demás disposiciones citadas y pertinentes de la Constitución Política de la República y de la Ley N° 17

0000452 CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y TENIENDO PRESENTE lo preceptuado en el artículo 93, incisos primero, N° 6°, y decimoprimero, y en las demás disposiciones citadas y pertinentes de la Constitución Política de la República y de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: I. QUE, HABIÉNDOSE PRODUCIDO EMPATE DE VOTOS, NO SE HA OBTENIDO LA MAYORÍA EXIGIDA POR EL ARTÍCULO 93, INCISO PRIMERO, NUMERAL 6°, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA DECLARAR LA INAPLICABILIDAD REQUERIDA, POR LO CUAL SE RECHAZA EL REQUERIMIENTO DEDUCIDO A FOJAS 1. II. ÁLCESE LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DECRETADA EN AUTOS. OFÍCIESE. VOTO POR RECHAZAR La Presidenta, Ministra señora MARÍA LUISA BRAHM BARRIL, los Ministros señores GONZALO GARCÍA PINO y NELSON POZO SILVA, la Ministra señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO y el Ministro señor MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, estuvieron por rechazar el requerimiento, por las siguientes razones: 1°. El requirente, Manuel Ignacio Mena Gutiérrez, deduce acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad por considerar que la aplicación del inciso segundo del artículo 387 del Código Procesal Penal resultaría contraria a la Constitución en la gestión judicial pendiente seguida ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso. Tal precepto señala: “Tampoco será susceptible de recurso alguno la sentencia que se dictare en el nuevo juicio que se realizare como consecuencia de la resolución que hubiere acogido el recurso de nulidad. No obstante, si la sentencia fuere condenatoria y la que se hubiere anulado hubiese sido absolutoria, procederá el recurso de nulidad en favor del acusado, conforme a las reglas generales.”. 2°. Conforme a los hechos narrados y que aparecen en la parte expositiva de esta sentencia, la situación del requirente es la siguiente: 1) luego de haber ejercido un recurso de nulidad frente a una sentencia que lo condenó como autor del delito de robo por sorpresa a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y a diversas penas accesorias durante el tiempo de la condena, la Corte de 8