B. Respuesta de la Clínica Medilaser IPS.
Mediante escrito de septiembre 25 de 2009, el Gerente de dicha Clínica solicitó que se “exonere de toda responsabilidad a nuestra institución… toda vez que siempre se ha cumplido con lo ordenado por nuestro ordenamiento legal” (f. 18 ib.). Igualmente, incorporó fotocopia de la historia clínica de Sandra Liliana Ávila Llanos (fs. 19 a 36 ib.).
- [1]
- SENTENCIA
- I. ANTECEDENTES.
- A. Hechos y relato contenido en la demanda.
- B. Documentos relevantes cuyas copias obran dentro del expediente.
- II. Actuación procesal.
- A. Respuesta de Caprecom EPS.
- B. Respuesta de la Clínica Medilaser IPS.
- C. Sentencia de primera instancia.
- D. Impugnación.
- E. Sentencia de segunda instancia.
- Segunda. El asunto objeto de discusión.
- Tercera.
- incluye el derecho a un efectivo diagnóstico[3]
- Cuarta.
- Primero
- Segundo:
