1. Síntesis del caso.
1. Síntesis del caso. La compañía Allianz Seguros de Vida le negó al señor Rodrigo Alonso Quintero Aguirre quien es beneficiario de la póliza Medicall Gold desde el 9 de septiembre de 2013, la realización de la cirugía “resección de tumor nervioso en pie derecho”, al considerar que era una preexistencia.
De las pruebas aportadas al proceso la Sala Segunda concluyó que el actor no incurrió en reticencia, pues no tenía conocimiento de la enfermedad que le diagnosticaron tiempo después de firmado el contrato con la accionada. Además, la patología no quedó establecida como una preexistencia de manera expresa en el contrato, pese a los exámenes médicos realizados por la entidad al contratista.
- CONTRATO DE SALUD Y MEDICINA PREPAGADA-
- 1.2. Fundamentos de la pretensión.
- [8]
- [9]
- [11]
- [12]
- 3.1. Sentencia del Juzgado Noveno Civil Municipal de Bogotá, del 8 de abril de 2014[13].
- 3.2. Impugnación.
- 3.3. Sentencia del Juzgado Trece Civil del Circuito, del 17 de febrero de 2015[14] .
- [15]
- 2.2. Legitimación activa:
- 2.5. Subsidiariedad:
- 2.5.1. Diferencias entre el contrato de medicina prepagada y la póliza de seguros.
- [21]
- 3. Problema jurídico constitucional.
- 4. Preexistencias en contratos de salud y medicina prepagada
- [22]
- [23]
- [34]
- [35]
- [37]
- [40]
- [42]
- 1. Síntesis del caso.
- 2. Decisión.
- 3. Razón de la decisión
- PRIMERO.-
- SEGUNDO.-
