Sentencia T-430/15
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-430/15

Fecha: 08-Jul-2015

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2.1. Ministerio de Salud y Protección Social[8]: El director jurídico de MinSalud aclaró que el oficio mediante el cual le pusieron en conocimiento el inicio del trámite de la acción de tutela carecía de anexos lo que implica un desconocimiento a profundidad de los hechos que dieron origen a la misma. Así mismo, el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 dispuso que el juez al notificar las providencias deberá actuar de manera formal y material sobre el contenido de la misma, con el fin de garantizar el derecho al debido proceso, aun cuando la intervención sea por parte de un tercero.