[42]
Respecto de si el actor conocía de la enfermedad que le diagnosticaron, evidencia la Sala que él acudió por primera vez al especialista en ortopedia el 10 de septiembre de 2013, en esta cita le ordenaron realizarse una resonancia magnética y unos Rx. En la cita posterior, que fue en enero de 2014, dice: “se considera la posibilidad de un neuroma de morton del tercer espacio dados los síntomas actuales, se completara estudio con ultrasonido de esta zona”[42], posteriormente, el 15 de enero de 2014 al leer la ecografía se reporta la existencia de un neuroma de morton y solo hasta el 12 de febrero se sabe que le salió positiva la prueba neuroma y como tratamiento ordena la “resección de tumor nervioso en pie derecho”.
Lo anterior demuestra que solo hasta el 12 de febrero de 2014, el señor Rodrigo Alonso Quintero tuvo certeza sobre la enfermedad que lo aqueja, lo que implica que no hay razón para considerar el tratamiento prescrito por el médico tratante como una preexistencia, más si se tiene en cuenta la jurisprudencia constitucional en la cual se establece que las enfermedades y procedimientos que van a ser cubierto por el PAS deben quedar de manera expresa estipulados, lo que implica que no es posible invocar clausulas genéricas del contrato.
Por las razones anteriormente expuestas, la Sala Segunda de Revisión revocará el fallo de segunda instancia y le ordenará a Allians Seguros de Vida S.A. realizarle al señor Rodrigo Alonso Quintero Aguirre la “resección de tumor nervioso en pie derecho” cirugía que fue ordenada por el médico tratante.
- CONTRATO DE SALUD Y MEDICINA PREPAGADA-
- 1.2. Fundamentos de la pretensión.
- [8]
- [9]
- [11]
- [12]
- 3.1. Sentencia del Juzgado Noveno Civil Municipal de Bogotá, del 8 de abril de 2014[13].
- 3.2. Impugnación.
- 3.3. Sentencia del Juzgado Trece Civil del Circuito, del 17 de febrero de 2015[14] .
- [15]
- 2.2. Legitimación activa:
- 2.5. Subsidiariedad:
- 2.5.1. Diferencias entre el contrato de medicina prepagada y la póliza de seguros.
- [21]
- 3. Problema jurídico constitucional.
- 4. Preexistencias en contratos de salud y medicina prepagada
- [22]
- [23]
- [34]
- [35]
- [37]
- [40]
- [42]
- 1. Síntesis del caso.
- 2. Decisión.
- 3. Razón de la decisión
- PRIMERO.-
- SEGUNDO.-
