Suprema Corte de Justicia de la Nación
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 46/2021. FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. 19 DE MAYO DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: ÉRIKA YAZMÍN ZÁRATE VILLA.
Fecha: 26-Ago-2022
Iv Legitimación
12. De conformidad con el primer párrafo del artículo 11 de la ley reglamentaria,(10) en relación con el artículo 59 del mismo ordenamiento legal, la peticionaria debe comparecer por conducto del funcionario que esté facultado para representarla. En este caso, la acción de inconstitucionalidad fue promovida por Alejandro Gertz Manero, en representación de la FGR, y acreditó su personalidad con copia certificada del acuerdo de designación de dieciocho de enero de dos mil diecinueve emitido por el Senado de la República.(11) El artículo 105, fracción II, inciso i), constitucional dispone que la FGR podrá promover acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes federales y de las entidades federativas, en materia penal y procesal penal, así como las relacionadas con el ámbito de sus funciones.(12)
13. Bajo esa premisa, si la demanda fue presentada por Alejandro Gertz Manero, quien en virtud de su carácter de titular de la Fiscalía General de la República se encuentra legitimado,(13) y además cuestiona la inconstitucionalidad de normas de naturaleza penal por tratarse de un tipo penal, este Alto Tribunal concluye que la acción de inconstitucionalidad fue promovida por parte legitimada.
- Índice Temático
- I Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- El Congreso Del Estado Manifestó Lo Siguiente Para Defender La Constitucionalidad De La Norma
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Argumento Relativo A La No Atribución De Infracciones Al Poder Ejecutivo Estatal
- V Reforma Del Artículo Controvertido No Actualiza Cesación De Efectos
- Vi Fijación De La Litis
- Artículo Suplantación De Identidad
- Vii Estudio
- A Doctrina Constitucional Sobre El Principio De Taxatividad
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- B Solución Del Caso En Concreto
- Estas Consideraciones Son Vinculantes Al Haberse Aprobado Por Mayoría De Ocho Votos
- Viii Efectos
- I Declaración De Invalidez
- Ii Momento En El Que Surtirá Efectos La Declaración De Invalidez
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Artículo
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- Xxxvii Promover Las Acciones De Inconstitucionalidad En Los Siguientes Supuestos
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Página De La Demanda Presentada Por La Fiscalía General De La República
- Para Sustentar Esto Basta Referir De Forma Enunciativa El Siguiente Criterio
- Ibídem
- Ferreres Comellas Víctor El Principio De Taxatividad En Materia Penal Op Cit P
- Moreso José Juan Op Cit Pág
- Ibíd P
- Ix Decomiso De Los Instrumentos Objetos Y Productos Del Delito Y
- Artículo Aplicabilidad De Las Penas
- Artículo De La Ley Reglamentaria Las Sentencias Deberán Contener