ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 46/2021. FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. 19 DE MAYO DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: ÉRIKA YAZMÍN ZÁRATE VILLA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 46/2021. FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. 19 DE MAYO DE 2022. PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK. SECRETARIA: ÉRIKA YAZMÍN ZÁRATE VILLA.

Fecha: 26-Ago-2022

Moreso José Juan Op Cit Pág

32. Como técnica integradora, la analogía consiste en aplicar a un caso concreto una norma que regula otro caso para darle respuesta; sin embargo, en materia penal la prohibición se ha entendido en que sólo la ley quiere castigar un hecho concreto (o imponer una determinada pena) cuando la describe en su texto (casos ausentes no quiere castigarlos): si el legislador hubiera querido tenerlos en cuenta lo hubiera manifestado en las disposiciones normativas. Así, la analogía (si fuese permitida) se utilizaría para decidir un caso penal ante una laguna normativa, y la forma de resolverlo consistiría en la aplicación de una norma que regula un caso similar ante la existencia de similitudes relevantes entre ambos casos. En la dogmática jurídica, sobre esta técnica, entre otros véase a Guastini Riccardo, Distinguiendo, Estudios de teoría y metateoría del derecho, España, Gedisa, 1999, p. 220-222; Ezquiaga Ganuzas Francisco Javier, La argumentación en la Justicia Constitucional y otros problemas de aplicación e interpretación del Derecho, México, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2006, pp.15-22.

33. También como mecanismo integrador, por mayoría de razón consistiría en acudir a otra norma para resolver un caso, pero justificando su aplicación en que la razón o fundamento que subyace en la norma aplicada se manifiesta aún con mayor intensidad en el caso a decidir. En la dogmática jurídica, sobre esta técnica, entre otros véase a Guastini Riccardo, Distinguiendo, Estudios de teoría y metateoría del derecho, España, Gedisa, 1999, p. 222; Ezquiaga Ganuzas Francisco Javier, La argumentación en la Justicia Constitucional y otros problemas de aplicación e interpretación del Derecho, México, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2006, pp.133-154.

34. Sentencia recaída a la acción de inconstitucionalidad 61/2018, fallada por el Tribunal Pleno, ponente: Ministro José Fernando Franco González Salas, el 14 de noviembre de 2019.