ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 23/2022. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022. PONENTE: LORETTA ORTIZ AHLF. SECRETARIA: DIANA RANGEL LEÓN.
Fecha: 20-Ene-2023
Iii Oportunidad
19. De conformidad con el artículo 60, primer párrafo, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución General, el plazo para promover una acción de inconstitucionalidad es de treinta días naturales, computados a partir del día siguiente a la fecha en que la norma general sea publicada en el medio oficial correspondiente. Asimismo, se establece que, si el último día del plazo fuese inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente.
20. En este caso, el Decreto Número 60 fue publicado el treinta de diciembre de dos mil veintiuno en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo; por lo cual el plazo de treinta días naturales para promover la acción de inconstitucionalidad transcurrió del viernes treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno al sábado veintinueve de enero de dos mil veintidós.
21. Como se advierte, el último día que arroja el cómputo es el sábado veintinueve de enero de este año, el cual es un día inhábil,(7) por lo que el último día para presentar la demanda es el primer día hábil siguiente, esto es, el lunes treinta y uno de enero de dos mil veintidós.
22. En ese sentido, si el escrito de demanda fue depositado en el buzón judicial de este Alto Tribunal el mismo treinta y uno de enero de este año, entonces su presentación fue oportuna.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- Para Sustentar Lo Anterior Expone Las Siguientes Consideraciones
- I Competencia
- Ii Precisión De Las Normas Reclamadas
- Vi Gozar De Buena Reputación Y No Haber Sido Condenado Por Delito Doloso
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Estudio De Fondo
- Vi Parámetro De Regularidad Constitucional
- La Adopción De Medidas Especiales O Afirmativas Normalmente Llamadas Acciones Afirmativas
- No Distinguen Entre Delitos Graves O No Graves
- Vii Efectos
- Vi Gozar De Buena Reputación
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Reforma Publicada En El Periódico Oficial Del Estado El Veintitrés De Marzo De Dos Mil Veintidós
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Acuerdo General Plenario Número
- Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Artículo O
- Artículos Y De La Convención Americana Sobre Derechos Humanos
- Artículo Son Derechos De La Ciudadanía
- Todos Los Ciudadanos Deben Gozar De Los Siguientes Derechos Y Oportunidades
- C De Tener Acceso En Condiciones Generales De Igualdad A Las Funciones Públicas De Su País
- Artículo Derechos Políticos
- C Tener Acceso En Condiciones Generales De Igualdad A Las Funciones Públicas De Su País
- A Los Efectos De Este Convenio El Término Discriminación Comprende
- En Ese Sentido Se Encuentran Entre Otros Las Siguientes
- I Celebrar Actos Y Otorgar Toda Clase De Documentos Inherentes Al Objeto Del Centro
- V Nombrar Y Remover Libremente Al Personal Del Centro
- Vii Dirigir Técnica Y Administrativamente Las Actividades Del Centro