ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 61/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 3 DE OCTUBRE DE 2022. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIO: JOSÉ JUAN TORRES TLAHUIZO.
Fecha: 13-Ene-2023
Acuerdo General De Administración Ii
"Artículo décimo sexto. Las medidas de protección a la salud que se implementarán en la Suprema Corte son las siguientes:
"I. Implementación del Buzón Judicial Automatizado, ubicado en el edificio sede, para la recepción de documentos dirigidos a áreas jurisdiccionales y administrativas."
"Artículo décimo noveno. El Buzón Judicial Automatizado ubicado en el edificio sede de la Suprema Corte recibirá todas las promociones de carácter jurisdiccional, el cual funcionará de lunes a viernes, de las 9:00 a las 15:00 horas para promociones ordinarias, y de las 15:00 a las 24:00 horas para promociones de término.
"Los promoventes presentarán directamente las promociones, incluyendo, en su caso, los anexos, en los buzones instalados para tal efecto; deberán sellar la carátula o primera hoja con el reloj checador que se encuentra en los buzones, y generar el acuse con dicho dispositivo.
"Queda bajo la responsabilidad exclusiva de los promoventes la verificación de que los documentos que depositen en los buzones estén contenidos en sobre u otro empaque similar, debidamente firmados, integrados y dirigidos al órgano jurisdiccional que corresponda.
"En el caso de que el promovente presente un documento en el buzón y no lo selle con el reloj checador, se tendrá por presentado hasta en el momento que se abra el paquete y sea razonado por el personal competente de la Suprema Corte. Si el escrito carece de firma autógrafa, dicha situación se hará constar en el razonamiento que corresponda para los efectos legales a que haya lugar.
"El Buzón Judicial Automatizado también recibirá la documentación dirigida a los órganos y áreas administrativos ubicados en el edificio sede, para lo cual los promoventes se sujetarán a lo previsto en este artículo."
11. Fecha de publicación del Decreto por el que se expide la Ley del Notariado para el Estado de Puebla.
- Y Resultando
- Considerando
- El Concepto De Invalidez Es Fundado
- I Los Que Nazcan En Territorio De La República Sea Cual Fuere La Nacionalidad De Sus Padres
- I Los Extranjeros Que Obtengan De La Secretaría De Relaciones Carta De Naturalización
- B La Nacionalidad Mexicana Por Naturalización Se Perderá En Los Siguientes Casos
- De Los Preceptos Constitucionales Transcritos Se Desprende Lo Siguiente
- Por Otra Parte En El Dictamen De La Cámara Revisora De Diputados Se Sostuvo Lo Siguiente
- Xiii Responsabilidad
- Vii Sujetarse Al Arancel Que Regula El Cobro De Sus Honorarios Profesionales
- De Las Disposiciones Anteriores Se Puede Inferir Lo Siguiente
- El Artículo Impugnado Es El Siguiente
- Los Conceptos De Invalidez Son Fundados
- B De Los Derechos De Toda Persona Imputada
- Se Haya Otorgado Al Imputado La Oportunidad Para Declarar
- Que No Se Actualice Una Causa De Extinción De La Acción Penal O Excluyente Del Delito
- En Esos Términos A Manera De Síntesis En Este Fallo Se Ha Determinado Lo Siguiente
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Acuerdo General Número
- Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo De La Cpeum
- Acuerdo General De Administración Ii
- Fecha De Vencimiento Del Plazo
- Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación
- Artículo
- Ley De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
- Foja Del Expediente
- Ley Del Notariado Para El Estado De Puebla
- Resuelta En Sesión De Trece De Septiembre De Dos Mil Veintidós
- Artículo Garantías Judiciales
- Artículo Requisitos Para Dictar El Auto De Vinculación A Proceso
- Ii Se Haya Otorgado Al Imputado La Oportunidad Para Declarar
- Iv Que No Se Actualice Una Causa De Extinción De La Acción Penal O Excluyente Del Delito
- Artículo Plazo Para La Investigación Complementaria
- Artículo Prórroga Del Plazo De La Investigación Complementaria
- Artículo Deber De Lealtad
- Artículo Deber De Investigación Penal
- Artículo Objeto De La Investigación
- I La De Investigación Que Comprende Las Siguientes Fases
- Artículo Valoración De La Prueba
- Artículo Convicción Del Tribunal De Enjuiciamiento
- Artículo Tipos De Medidas Cautelares
- Artículo Proporcionalidad
- Artículo Causas De Procedencia
- Iii Violación Prevista En Los Artículos Y Bis
- Viii Los Previstos En Los Artículos Párrafo Segundo Y
- X Tráfico De Menores Previsto En El Artículo Ter
- Xiv Robo A Casa Habitación Previsto En El Artículo Bis
- Xvi Enriquecimiento Ilícito Previsto En El Artículo En Relación Con Su Séptimo Párrafo Y