ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 61/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 3 DE OCTUBRE DE 2022. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIO: JOSÉ JUAN TORRES TLAHUIZO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 61/2021. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 3 DE OCTUBRE DE 2022. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIO: JOSÉ JUAN TORRES TLAHUIZO.

Fecha: 13-Ene-2023

Xiii Responsabilidad

"Los anteriores principios, les serán aplicados a cada parte o persona que solicite su servicio. La violación a este artículo actualiza de inmediato el procedimiento disciplinario previsto en esta ley.

"La persona titular de la notaría, conforme al carácter público de su función, está obligada a guardar secreto profesional.

"Las personas titulares de las notarías están obligadas a ser imparciales, si bien tal imparcialidad se expresa igualmente mediante la prestación de una asistencia adecuada a la parte que se encuentre en situación de inferioridad respecto de la otra, para así obtener el equilibrio necesario en aras de una equidad entre las partes.

"La fe pública constituye el soporte de los principios de certeza, seguridad y legalidad jurídica, representa la garantía que da el Estado a los particulares, mediante la determinación que hace la persona titular de la notaría, de que los actos otorgados ante ella o él son previa y debidamente vinculados a la observancia de la ley y el derecho, confiriéndoles la calidad de verdaderos." "Artículo 14. Las personas titulares de las notarías deberán:

"I. Cumplir y proveer el cumplimiento de la Constitución, la Constitución del Estado de Puebla, así como las leyes y reglamentos que de ellas emanen;

"II. Observar y cumplir puntual y escrupulosamente los principios que regulan su función, referidos en el artículo anterior;

"III. Respetar la confidencialidad y estricta protección de datos personales previstas por las leyes, sujetando cualquier informe a la estricta observancia de esta ley;

"IV. Ejercer sus funciones de manera personal e ininterrumpida, proporcionando a los usuarios eficiencia, prontitud y calidad en la prestación de sus servicios;

"V. Prestar los servicios notariales con igualdad, decoro, eficiencia, escrupulosidad, aseo jurídico y disposición. Las mismas obligaciones deberán ser observadas por los empleados y colaboradores de la notaría a cargo de la persona titular, bajo su estricta y personal supervisión y responsabilidad;

"VI. Ajustar los actos y hechos en los que intervenga, a los procedimientos, trámites y plazos previstos en la ley;