DERECHOS POR DESCARGA DE AGUAS RESIDUALES. LA CLASIFICACIÓN DE CUERPOS RECEPTORES PARA CAUSAR ESE GRAVAMEN INCLUYE LOS TERRENOS QUE NO SON PROPIEDAD DE LA NACIÓN, CUANDO AQUÉLLA PUEDA CONTAMINAR EL SUELO, EL SUBSUELO O LOS ACUÍFEROS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DERECHOS POR DESCARGA DE AGUAS RESIDUALES. LA CLASIFICACIÓN DE CUERPOS RECEPTORES PARA CAUSAR ESE GRAVAMEN INCLUYE LOS TERRENOS QUE NO SON PROPIEDAD DE LA NACIÓN, CUANDO AQUÉLLA PUEDA CONTAMINAR EL SUELO, EL SUBSUELO O LOS ACUÍFEROS.

Fecha: 17-Mar-2017

Ley Federal De Derechos

"Artículo 1o. Los derechos que establece esta ley, se pagarán por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados y en este último caso, cuando se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en esta ley. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado. ..."

De acuerdo con lo anterior, un derecho constituye una contribución que se genera con motivo del uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación; así como por servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados o desconcentrados que no esté dentro de la Ley Federal de Derechos; igualmente se incluyen dentro de los derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

En el particular, interesa subrayar que el derecho se genera especialmente cuando se utiliza o aprovecha un bien de la nación.

De relacionar esa premisa con el argumento teleológico, se obtiene un enunciado normativo coherente producto del cual, se entiende que si el derecho fiscal es generado por el uso o aprovechamiento de un bien del dominio público nacional, de ello se sigue que justamente la intención legislativa esté vinculada con el hecho de que sea el Estado el que imponga el cobro de un derecho, porque con ello incentiva que las personas no contaminen los cuerpos receptores del dominio público a través de la descarga de aguas residuales.

Ahora, al tenerse en cuenta que las normas están internamente relacionadas, es necesario transcribir los artículos cuyo contenido servirán para colmar la laguna derivada de la presente contradicción.