DERECHOS POR DESCARGA DE AGUAS RESIDUALES. LA CLASIFICACIÓN DE CUERPOS RECEPTORES PARA CAUSAR ESE GRAVAMEN INCLUYE LOS TERRENOS QUE NO SON PROPIEDAD DE LA NACIÓN, CUANDO AQUÉLLA PUEDA CONTAMINAR EL SUELO, EL SUBSUELO O LOS ACUÍFEROS.
Fecha: 17-Mar-2017
Tesis Pj
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"ACLARACIÓN DE SENTENCIAS DE AMPARO. SÓLO PROCEDE OFICIOSAMENTE Y RESPECTO DE EJECUTORIAS. La aclaración de sentencias es una institución procesal que, sin reunir las características de un recurso, tiene por objeto hacer comprensibles los conceptos ambiguos, rectificar los contradictorios y explicar los oscuros, así como subsanar omisiones y, en general, corregir errores o defectos, y si bien es cierto que la Ley de Amparo no la establece expresamente en el juicio de garantías, su empleo es de tal modo necesario que esta Suprema Corte deduce su existencia de lo establecido en la Constitución y en la jurisprudencia, y sus características de las peculiaridades del juicio de amparo. De aquélla, se toma en consideración que su artículo 17 eleva a la categoría de garantía individual el derecho de las personas a que se les administre justicia por los tribunales en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial, siendo obvio que estos atributos no se logran con sentencias que, por inexistencia de la institución procesal aclaratoria, tuvieran que conservar palabras y concepciones oscuras, confusas o contradictorias. Por otra parte, ya esta Suprema Corte ha establecido (tesis jurisprudencial 490, compilación de 1995, Tomo VI, página 325) que la sentencia puede ser considerada como acto jurídico de decisión y como documento, que éste es la representación del acto decisorio, que el principio de inmutabilidad sólo es atribuible a éste y que, por tanto, en caso de discrepancia, el Juez debe corregir los errores del documento para que concuerde con la sentencia acto jurídico. De lo anterior se infiere que por la importancia y trascendencia de las ejecutorias de amparo, el Juez o tribunal que las dictó puede, válidamente, aclararlas de oficio y bajo su estricta responsabilidad, máxime si el error material puede impedir su ejecución, pues de nada sirve al gobernado alcanzar un fallo que proteja sus derechos si, finalmente, por un error de naturaleza material, no podrá ser cumplido. Sin embargo, la aclaración sólo procede tratándose de sentencias ejecutorias, pues las resoluciones no definitivas son impugnables por las partes mediante los recursos que establece la Ley de Amparo.
"Contradicción de tesis 4/96. Entre las sustentadas por la anterior Tercera Sala y la actual Segunda Sala. 26 de agosto de 1997. Once votos. Ponente: Olga María del Carmen Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Carlos Mena Adame. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el diecisiete de noviembre en curso, aprobó, con el número 94/1997, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y siete."
- Armando Antonio Badillo García
- A N T E C E D E N T E S
- C O N S I D E R A N D O
- A Esos Comunicados Recayó La Siguiente Contestación
- La Sugerencia De Modificación Dice
- Contradicción De Tesis
- Existen También Variantes De Puntuación En El Texto Impreso Y La Resolución Digitalizada
- Tesis Pj
- Página
- Sexta Época Quinta Parte
- Séptima Época Quinta Parte
- Textos De Los Que Pueden Extraerse Los Lineamientos Siguientes
- Pleno Del Vigésimo Segundo Circuito
- Tesis Yo Criterios Contendientes
- Los Específicos Son Los Marcados A Enunciados Y Párrafos Concretos Y Son Veintinueve A Saber
- Éstos Se Sumarán A Los Que Ya Aparecen Materialmente Hechos
- El Párrafo Original Sostiene
- De Aceptar La Modificación Se Leería Del Siguiente Modo
- Ramsés Samael Montoya Camarena
- Resultando
- Considerando
- En Lo Que Interesa El Tribunal Colegiado De Circuito Consideró Lo Siguiente
- En El Caso Este Pleno De Circuito Considera Que Sí Existe La Contradicción De Tesis Denunciada
- Código Fiscal De La Federación
- Ley Federal De Derechos
- De La Ley De Aguas Nacionales Son
- Artículo O Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Artículo O Se Declara De Utilidad Pública
- I La Delimitación Del Cuerpo De Agua Clasificado
- Iii La Capacidad Del Cuerpo De Agua Clasificado Para Diluir Y Asimilar Contaminantes Y
- I Contar Con El Permiso De Descarga De Aguas Residuales Mencionado En El Artículo Anterior
- La Lectura Sistemática De Los Preceptos En Cita Permite Establecer Las Siguientes Conclusiones
- De Dicho Ordenamiento Los Artículos Que Orientan Sobre El Tema Son
- Artículo Para Los Efectos Del Presente Capítulo Se Consideran
- Cuerpos Receptores Tipo A
- Cuerpos Receptores Tipo C
- Secretario De Acuerdos
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve