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    AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1698/2009. **********.
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1698/2009. **********.

    Fecha: 21-Jun-1999

    Reformado Primer Párrafo Dof De Diciembre De

    "I. Multa del 130% al 150% de los impuestos al comercio exterior omitidos, cuando no se haya cubierto lo que correspondía pagar.

    • Considerando
    • Tercero La Parte Recurrente Expresó Como Agravios En Síntesis Los Siguientes
    • A Exista Jurisprudencia Sobre El Tema De Constitucionalidad Planteado
    • C En Los Demás Casos Análogos A Juicio De La Sala Correspondiente
    • Página
    • Quinto Los Agravios Sintetizados En Los Puntos Uno Y Tres Y Parte Del Punto Dos Son Inoperantes
    • Reformado Primer Párrafo Dof De Diciembre De
    • Reformado Dof De Diciembre De
    • Ii Del Al De Las Contribuciones Omitidas En Los Demás Casos
    • Así Se Desprende Del Contenido Del Artículo De La Ley Aduanera Que Establece Lo Siguiente
    • En Los Demás Casos La Determinación Del Crédito Fiscal Se Hará Por La Autoridad Aduanera
    • En Efecto Dichos Numerales Establecen
    • Reformada Dof De Enero De
    • Reformada Dof De Diciembre De
    • Adicionada Dof De Diciembre De
    • Adicionada Dof De Enero De
    • La Tesis Invocada Por La Parte Recurrente Es Del Tenor Siguiente
    • Dicho Oficio En La Parte Que Interesa Es Del Tenor Siguiente
    • En Las Relacionadas Condiciones Procede Confirmar La Sentencia Recurrida
    • Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida

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