AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 669/2015. IECH. 23 DE AGOSTO DE 2017. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, ALFREDO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 669/2015. IECH. 23 DE AGOSTO DE 2017. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, ALFREDO

Fecha: 07-Dic-2018

Análisis Del Caso Concreto

Atendiendo a lo expuesto, en lo que respecta al caso concreto, esta Primera Sala advierte que, en su demanda de amparo, el quejoso expresó que:

"... tampoco se tiene la certeza de que el arma que supuestamente me encontraron cuando fui detenido, fuera el arma que utilice (sic) en el evento que nos ocupa, pues dicha me fuera sembrada (sic) en el momento en que fui detenido, circunstancias que debió tomar en consideración el tribunal de alzada, dado que en mi detención se conculcaron derechos fundamentales a más de que estuve varios días detenido, incomunicado y fui torturado, por lo que ... al resolver el Tribunal de Alzada debe tomar en consideración las constancias que se encuentran tanto en la carpeta de investigación y administrativa para determinar si se está en presencia de una prueba ilícita ..."(73)