AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 563/2020. 24 DE NOVIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN MANIFESTÓ QUE ESTABA CON EL SENTIDO PERO SE APARTABA DE ALGUNOS PÁRRAFOS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, QUIEN F
Fecha: 02-Dic-2022
Las Expropiaciones Sólo Podrán Hacerse Por Causa De Utilidad Pública Y Mediante Indemnización
"La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana.
"...
"VI. Las entidades federativas, lo mismo que los Municipios de toda la República, tendrán plena capacidad para adquirir y poseer todos los bienes raíces necesarios para los servicios públicos.
"Las leyes de la Federación y de las entidades federativas en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la propiedad privada, y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hará la declaración correspondiente. ..."
90. De la interpretación sistemática del artículo citado en relación con los artículos 14 y 16 constitucionales, se obtiene que tal como dice la **********, para imponer estas limitaciones a la propiedad privada el Estado no puede actuar de manera arbitraria, sino que para ello requiere de un acto de autoridad fundado y motivado que demuestre que esta limitación es en aras del interés colectivo, en el ámbito de su competencia y a través de la declaración correspondiente.
91. Ahora bien, el Código Civil del Estado de Chihuahua, en su capítulo III, denominado "De los bienes considerados según las personas a quienes pertenecen", establece una clasificación de los bienes según la persona del propietario, en el que distingue entre bienes de dominio público y bienes propiedad de los particulares, como cita el artículo 735.
92. Luego, de conformidad con el artículo 738 del ordenamiento sustantivo citado, los bienes del dominio público se subdividen en tres grupos:
- I Antecedentes
- Artículo El Patrimonio De Este Organismo Queda Constituido Por Los Aeropuertos De
- Ii Los Aeropuertos Que El Gobierno Federal Construya O Adquiera Y Que Le Aporte Posteriormente
- Transitorios
- Secretaría De Comunicaciones Y Transportes
- D Las Costas
- Ii Competencia
- Iii Legitimación Y Oportunidad
- Iv Procedencia Del Recurso
- Los Agravios Son Sustancialmente Fundados En Atención A Los Siguientes Razonamientos
- Las Expropiaciones Sólo Podrán Hacerse Por Causa De Utilidad Pública Y Mediante Indemnización
- Iii Bienes Propios Del Estado
- Vi Decisión
- En Consecuencia Esta Primera Sala De La Suprema Corte De Justicia De La Nación
- Resuelta Por Unanimidad De Cinco Votos De La Ponencia Del Ministro Luis María Aguilar Morales
- Artículo
- V Los Demás Inmuebles Y Muebles Que Por Cualquier Título Jurídico Adquiera La Federación
- Artículo O Son Partes En El Juicio De Amparo
- Artículo Derecho A La Propiedad Privada