AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 131/2021. PILDORITA ESTUDIO, S.C.P. 16 DE JUNIO DE 2021. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO Y ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, Y LA MINISTRA ANA MARGARIT
Fecha: 01-Abr-2022
B Estudio Sobre La Procedencia Del Recurso
41. De conformidad con las reglas establecidas en la fracción IX del artículo 107 de la Constitución Federal; la fracción II del artículo 81 de la Ley de Amparo actual; la fracción III del artículo 10, y la fracción III del artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el recurso de revisión interpuesto contra las sentencias dictadas por los Tribunales Colegiados de Circuito en los amparos directos es procedente cuando las mismas decidan sobre la constitucionalidad de normas legales (leyes federales y locales, tratados internacionales y reglamentos federales y locales), o establezcan la interpretación directa de un precepto de la Constitución Federal o de un derecho humano contenido en un tratado internacional en el que el Estado Mexicano sea Parte; o bien, que en dichas resoluciones se omita hacer un pronunciamiento al respecto cuando se hubiera planteado en la demanda. Además, es necesario que la cuestión de constitucionalidad tenga la potencialidad de llevar a la fijación de un criterio de importancia y trascendencia. En todos los casos, la decisión de la Corte en vía de recurso debe limitarse a la resolución de las cuestiones propiamente constitucionales.
42. Los requisitos de procedencia de la revisión en amparo directo han sido interpretados y clarificados en numerosas tesis jurisprudenciales y aisladas de esta Suprema Corte y desarrollados normativamente por el Acuerdo Plenario Número 9/2015, en cuyo punto segundo se detallan los supuestos en los que se indica que un amparo directo en revisión reviste importancia y trascendencia. Tales supuestos toman en cuenta la posibilidad de que a través de su resolución se emita un pronunciamiento novedoso o de relevancia para el orden jurídico nacional; o bien, que lo decidido en la sentencia recurrida pueda implicar el desconocimiento de un criterio sustentado por este Alto Tribunal relacionado con alguna cuestión propiamente constitucional, por haberse resuelto en contra de dicho criterio o se hubiere omitido su aplicación.
43. A lo largo del cauce procesal que da lugar al asunto de mérito se ha aplicado el artículo 12 de la Ley Federal del Derecho de Autor en perjuicio de la quejosa. Como consecuencia de ello, no se le ha reconocido el carácter de autora de una obra, pues dicho artículo prescribe que solamente tendrán el carácter de autor las personas físicas. Por lo que, si la parte quejosa controvierte en esta instancia la constitucionalidad de dicho precepto, por contravenir el artículo 1o. constitucional, es claro que resulta procedente el recurso de revisión en amparo directo.
- Cuestionario
- I Antecedentes
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Conceptos De Violación La Quejosa Alegó Sustancialmente Lo Siguiente
- Agravios La Recurrente Manifestó Lo Siguiente
- Es Legítima Y Razonable Dicha Restricción
- B Estudio Sobre La Procedencia Del Recurso
- V Estudio De Fondo
- De Este Modo La Pregunta A La Que El Presente Recurso Pretende Dar Respuesta Es La Siguiente
- Los Elementos De La Referida Escala Tríadica De Intensidades Son Los Siguientes
- C Que No Esté Proscrito Constitucional Y Convencionalmente
- Los Que Afecten A Minorías O Grupos Sociales Constitucionalmente Protegidos
- Los Que Afecten A Grupos Históricamente Sometidos A Menosprecio Y Prácticas Discriminatorias
- Artículo Autor Es La Persona Física Que Ha Creado Una Obra Literaria Y Artística
- A Que El Trato Diferente Tenga Un Objetivo Legítimo
- Artículo Las Facultades Exclusivas Del Congreso General Son
- B Que Dicho Trato Sea Potencialmente Adecuado Para Alcanzarlo
- Al Respecto Resulta Aplicable La Tesis Aj De Rubro Y Texto Siguientes
- Vi Decisión
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida
- Magaña Rufino José Manuel Op Cit P
- Ibídem P
- Ii De Colaboración Las Que Han Sido Creadas Por Varios Autores Y