AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4870/2021. 6 DE ABRIL DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN ESTÁ CON EL SENTIDO, PERO SE SEPARA DE ALGUNOS PÁRRAFOS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTAR
Fecha: 17-Mar-2023
Rubro Y Texto
"DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. LOS DÍAS NO LABORADOS POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE DEBEN DESCONTARSE DEL CÓMPUTO DEL PLAZO PREVISTO PARA SU PRESENTACIÓN CUANDO EL ACTO RECLAMADO DERIVE DE UN PROCEDIMIENTO JURISDICCIONAL O ADMINISTRATIVO LLEVADO EN FORMA DE JUICIO. Con base en el criterio de la otrora Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 9/89, de la que derivó la jurisprudencia 3a. 42, así como de los derechos de acceso a la justicia y al debido proceso, se advierte que es parte esencial del derecho a la defensa adecuada el acceso al expediente del que deriva el acto de autoridad que se estima violatorio de derechos humanos, por lo que cuando el acto reclamado en el juicio de amparo indirecto derive de un procedimiento jurisdiccional o administrativo llevado en forma de juicio, deben descontarse del cómputo del plazo previsto para la presentación de la demanda los días en los que la autoridad responsable suspenda sus labores o no pueda funcionar por causas de fuerza mayor y, en estos casos, para resolver sobre su admisión, los juzgadores de amparo podrán apoyarse en boletines judiciales o en publicaciones de acuerdos o resoluciones en periódicos oficiales, sin que esta situación impida que el Juez -de estimarlo necesario y con fundamento en las facultades que le otorga la ley- requiera a las autoridades para que manifiesten si durante el plazo para presentar la demanda de amparo suspendieron sus labores."
- Índice Temático
- I Antecedentes Y Trámite
- C Gastos Y Costas Judiciales
- Respecto Al Amparo Principal
- En Cuanto Al Amparo Adhesivo
- Primer Agravio
- Segundo Agravio
- Tercer Agravio
- Cuarto Agravio
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Problemática Jurídica Por Resolver
- Vi Procedencia Del Recurso
- Vii Estudio
- A Indebida Declaración De Inoperancia
- B Constitucionalidad Del Acuerdo V
- Los Motivos De Tal Modificación Fueron Los Siguientes
- Ii Regulación De Los Plazos Procesales En El Código De Comercio
- Iii Subsunción
- Viii Decisión
- Por Todo Lo Expuesto Y Fundado Se
- Véanse Infra Notas A
- Artículo Véase Supra Nota
- Véase Infra Nota
- A La Persona Que Haya Gestionado El Acto Reclamado O Tenga Interés Jurídico En Que Subsista
- Véase Supra Nota
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- E Consejo De La Judicatura
- Atención Al Público
- Actividades A Puerta Abierta
- A Puerta Cerrada
- Términos Procesales
- Acuerdo V
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- Artículo Protección Judicial
- Rubro Y Texto