AMPARO DIRECTO 251/2010. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 251/2010. **********.

Fecha: 18-Oct-2001

Considerando

SEXTO. Son fundados pero inoperantes en una parte, infundados en otra, inoperantes en una más, inatendibles en diversa y fundados en lo demás, los conceptos de violación que se hacen valer.

Es importante indicar, desde ahora, que dado lo extensamente desarrollado de los conceptos de violación y para su mejor estudio, este órgano colegiado procede a sintetizarlos, lo que no implica romper con los principios de congruencia y exhaustividad que deben existir en los fallos jurisdiccionales, como así lo indica la jurisprudencia que sostiene este tribunal: