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"GARANTÍA DE DEFENSA Y PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD Y CONGRUENCIA. ALCANCES. La garantía de defensa y el principio de exhaustividad y congruencia de los fallos que consagra el artículo 17 constitucional, no deben llegar al extremo de permitir al impetrante plantear una serie de argumentos tendentes a contar con un abanico de posibilidades para ver cuál de ellos le prospera, a pesar de que muchos entrañen puntos definidos plenamente, mientras que, por otro lado, el propio numeral 17 exige de los tribunales una administración de justicia pronta y expedita, propósito que se ve afectado con reclamos como el comentado, pues en aras de atender todas las proposiciones, deben dictarse resoluciones en simetría longitudinal a la de las promociones de las partes, en demérito del estudio y reflexión de otros asuntos donde los planteamientos verdaderamente exigen la máxima atención y acuciosidad judicial para su correcta decisión. Así pues, debe establecerse que el alcance de la garantía de defensa en relación con el principio de exhaustividad y congruencia, no llega al extremo de obligar a los órganos jurisdiccionales a referirse expresamente en sus fallos, renglón a renglón, punto a punto, a todos los cuestionamientos, aunque para decidir deba obviamente estudiarse en su integridad el problema, sino a atender todos aquellos que revelen una defensa concreta con ánimo de demostrar la razón que asiste, pero no, se reitera, a los diversos argumentos que más que demostrar defensa alguna, revela la reiteración de ideas ya expresadas.
- Considerando
- Página
- Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Sexto Circuito
- Tesis Pj
- Que En La Foja De La Sentencia Reclamada Se Determinó Lo Siguiente
- En El Considerando Séptimo De La Sentencia Reclamada Se Determinó Lo Siguiente
- I Huelga A Partir De Que Se Suspenda Temporalmente El Trabajo Y Hasta Que Termine La Huelga
- Del Citado Precepto Legal Se Advierte Lo Siguiente
- C Se Entenderá Concluida La Visita En La Fecha En Que Se Levante El Acta Final De Visita
- En Otro Orden De Ideas En Una Parte Del Segundo Concepto De Violación Se Aduce Lo Siguiente
- Son Infundados En Una Parte E Inoperantes En Lo Demás Los Anteriores Argumentos De Violación
- En El Primer Concepto De Violación Se Aduce Lo Siguiente
- Son Fundados Los Anteriores Argumentos De Violación Y Suficientes Para Conceder El Amparo
- Artículo La Visita En El Domicilio Fiscal Se Desarrollará Conforme A Las Siguientes Reglas
- Del Precepto Legal Transcrito Se Advierte Lo Siguiente
- Artículo Las Notificaciones De Los Actos Administrativos Se Harán
- Segundo Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Sexto Circuito
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
