Ix Sustitutivos Penales
"Tomando en consideración que la pena impuesta no excede de dos años de prisión, que el delito que se le reprocha no es considerado grave, que no existe constancia del hecho punible y que es la primera vez que delinque, con fundamento en los artículos 74 y 75 del Código Penal (sic), por conducto del actuario hágasele saber al sentenciado que previo pago de la multa impuesta y reparación del daño al cual fue condenado, se le concede el beneficio de la sustitución de la pena privativa de libertad, por multa equivalente a 177 ciento setenta y siete días de salario mínimo, que resulta de sustituir un día de multa por un día de prisión, computándose los días en que aparece detenido por motivo de esta causa; a razón de $45.81 cuarenta y cinco pesos 81/100 moneda nacional.
- Resultando
- Considerando
- Ii Obran En El Sumario Y Destacan Por Su Importancia Jurídica Los Siguientes Medios De Prueba
- Iii Cuerpo Del Delito De Daños Culposos
- D La Relación Entre Ese Estado De Culpa Y El Daño Final
- V El Nexo Causal Y
- Iv Responsabilidad Penal
- B Que Lo Haga En Estado De Ebriedad O Bajo El Influjo De Drogas O Sustancias Similares
- Vi Responsabilidad Penal
- Vii Individualización De La Pena
- Viii Reparación Del Daño
- Ix Sustitutivos Penales
- X Amonestación
- Xi Suspensión De Derechos
- Xii Ejecutorización De La Sentencia
- Cuarto La Parte Quejosa Expresó Como Conceptos De Violación Lo Siguiente
- Suplencia De La Queja
- Suspensión Del Acto Reclamado
- De La Sentencia Reclamada En Especial Del Considerando Tercero Deriva Que Se Estimó Lo Siguiente
- B Cuando En Su Organismo Existan Miligramos O Más De Alcohol Por Cada Mililitros De Orina
