Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 447/2011. **********. 10 DE JUNIO DE 2011. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ YBRAÍN HERNÁNDEZ LIMA. SECRETARIO: EDGAR BRUNO CASTREZANA MORO.
Fecha: 10-Jun-2011
Iii Cuota Sindical
Así las cosas, en el caso concreto, cabe decir que de los medios de prueba que allegaron las partes al contradictorio de origen, se advierte con claridad y, además, así fue admitido por ambas partes, que la actora fue jubilada a partir del **********, sobre el salario base de **********.
De la cual según se advierte de la cédula de datos se descontó (menos ajustes) **********, y se aumentó con aguinaldo mensual de **********, haciendo un monto total de la jubilación o pensión de **********.
- Quinto Análisis De Constitucionalidad Del Acto Reclamado
- A Falta De Fundamentación Y Motivación
- El Anterior Motivo De Inconformidad Es Infundado
- B Fijación De La Litis
- El Anterior Concepto De Violación Es Infundado
- C Prescripción
- Por Otra Parte En Cuanto A Lo Que Arguye La Quejosa En El Sentido De Que
- La Cédula De Datos Para Efectos De Jubilación De Fecha Refiere Lo Siguiente
- Esto Es La Parte Actora Lo Que Reclama En Esencia Es El Pago Correcto De Su Pensión Jubilatoria
- Dichos Preceptos Señalan
- Iii Cuota Sindical
- Lo Anterior Se Corrobora Del Siguiente Cuadro
- Por Otra Parte En Cuanto Al Resto De Los Conceptos De Violación Propuestos Por La Quejosa Como Son
- También Resultan Infundados Dichos Motivos De Inconformidad
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve