REQUISITOS PROCESALES BAJO LA ÓPTICA CONSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.
Fecha: 21-Jun-2012
C Principio De Conservación De Las Actuaciones Procesales
La nulidad de un acto procesal determina la de los demás actos sucesivos que de él dependan y vengan ya viciados por falta del requisito esencial que la determinó y se declarará, de oficio o a instancia de parte, lo que retrotraerá las actuaciones al momento en que se produjo el defecto.
No obstante, si algún acto de los realizados no se ve afectado y, por tanto, es independiente, se impondrá su conservación para evitar repeticiones inútiles, que nada añadirían.
El principio de conservación de las actuaciones procesales, en cuanto reflejo del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas tiene relación con el principio de economía procesal y con el de estabilidad que restringe la potencial privación de efectos de actuaciones que sería inútil volver a verificar en el procedimiento.
Así, se impone para la existencia de este principio, que concurra el llamado "efecto útil" que debe apreciar el Juez según su prudente arbitrio.
El desacato del juzgador al principio en estudio puede suponer una violación al derecho de tutela judicial efectiva por el quebranto irreparable que puede producir al justiciable la no persistencia de lo actuado procesalmente.
Este principio se encuentra, en materia mercantil, en los artículos 1116 y 1117, que regulan el trámite de la inhibitoria y la declinatoria y muy importante al presente caso, en el numeral 1127 de ese ordenamiento, que por una parte prescribe la subsistencia de actuaciones verificadas en una vía incorrecta y, por otra, la permisión al juzgador, de cambiar, motu proprio, de una vía a otra.(7)
- Considerando
- Y Al Efecto Cita En Apoyo A Sus Manifestaciones Diversos Criterios A Saber
- Si El Acto Está Contemplado En El Artículo Del Código De Comercio
- El Contrato O Convenio Debe Analizarse En Sí Mismo Conforme A La Norma En Mención
- Lo Anterior Conduce A Desestimar Los Conceptos De Violación Formulados Por La Parte Quejosa
- Análisis Oficioso De La Violación Al Derecho Humano De Acceso A La Justicia
- El Artículo O Constitucional Establece Lo Siguiente
- En Otras Palabras La Vía Es Un Requisito Procesal Para La Tramitación De Un Juicio Válido
- La Persona Moral Tiene El Derecho Fundamental De Acceso A La Justicia
- I Naturaleza Y Finalidad De Los Requisitos Procesales
- Ii El Formalismo
- Iii Técnicas Judiciales No Formalistas
- B Principio De Subsanación De Defectos Procesales
- C Principio De Conservación De Las Actuaciones Procesales
- Análisis De La Competencia Previo A La Procedencia De La Vía
- Ídem P