AMPARO DIRECTO 276/2013. 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: GUADALUPE OLGA MEJÍA SÁNCHEZ. PONENTE: EMMA MEZA FONSECA. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ ACUÑA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 276/2013. 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: GUADALUPE OLGA MEJÍA SÁNCHEZ. PONENTE: EMMA MEZA FONSECA. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ ACUÑA.

Fecha: 10-Ene-2014

Foja Del Tomo Iii De La Causa Penal

4. Adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 34/180, de 18 de diciembre de 1979. Entrada en vigor: 3 de septiembre de 1981, de conformidad con el artículo 27 (1) Serie Tratados de Naciones Unidas No. 20378, Vol. 1246, p. 14. Suscrito por México el 13 de julio de 1980, aprobado por el senado el 18 de diciembre de 1980 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1981.

5. Rodríguez Huerta, Gabriela. La No Discriminación de las Mujeres: objeto y fin de la CEDAW. En "Derechos de las Mujeres en el Derecho Internacional", Ed. Fontamara, página 131.

6. Courtis, Cristian. La Aplicación de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos por los Tribunales Nacionales. El Caso de los Derechos de la Mujer. En "Derechos de las Mujeres en el Derecho Internacional", Ed. Fontamara, página 91.

7. Rodríguez Huerta, Gabriela. La No Discriminación de las Mujeres: objeto y fin de la CEDAW. En "Derechos de las Mujeres en el Derecho Internacional", Ed. Fontamara, página 135.

8. Adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, en su vigésimo cuarto periodo ordinario de sesiones, del 9 de junio de 1994, en Belem do Pará, Brasil. Entrada en vigor: el 5 de marzo de 1995 de conformidad con el artículo 21. Firmada por México el 4 de junio de 1995, aprobada por el senado el 26 de noviembre de 1996 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 1996.