AMPARO DIRECTO 276/2013. 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: GUADALUPE OLGA MEJÍA SÁNCHEZ. PONENTE: EMMA MEZA FONSECA. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ ACUÑA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 276/2013. 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: GUADALUPE OLGA MEJÍA SÁNCHEZ. PONENTE: EMMA MEZA FONSECA. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ ACUÑA.

Fecha: 10-Ene-2014

Y Referían Haber Sufrido Violencia Sexual Perpetrada Por Alguien Que No Era Su Pareja

- Muchas mujeres refirieron que su primera experiencia sexual había sido forzada (24% en el Perú rural, 28% en Tanzania, 30% en el Bangladesh rural y 40% en Sudáfrica).

La violencia de pareja y la violencia sexual son perpetradas mayoritariamente por hombres contra mujeres y niñas. No obstante, la violencia sexual contra los niños también es frecuente. Estudios internacionales revelan que aproximadamente un 20% de las mujeres y un 5-10% de los hombres refieren haber sido víctimas de violencia sexual en la infancia.

Las consideraciones sintetizadas evidencian que la razón principal de las condenas por responsabilidad internacional impuestas al Estado Mexicano, consisten en el inejercicio de las facultades de las autoridades encargadas de prevenir, investigar y sancionar los actos que constituyan violaciones de derechos humanos, o bien, por ineficacia o negligencia en el desempeño de su actividad, lo que se traduce en el incumplimiento del deber de garantizar diligentemente la protección de los derechos y libertades de las personas.