AMPARO DIRECTO 549/2013. 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JAIME URIEL TORRES HERNÁNDEZ. SECRETARIA: SONIA SUÁREZ RÍOS.
Fecha: 21-Mar-2014
Noviembre
"Declaración General del delegado de México licenciado Antonio Martínez Baez (formulada en la primera sesión de la Comisión I, celebrada el 10 de noviembre de 1969)
"La Delegación de México desea expresar que, atendiendo a la invariable política de su gobierno, en cuanto se refiere a la protección de los derechos humanos, reitera su disposición de coadyuvar para que el proyecto, en lo relativo al aspecto sustantivo del mismo, vaya tan adelante en la protección buscada como ello sea posible y ratifica la Delegación de México las observaciones que fueran formuladas por la Cancillería Mexicana contenidas en el pliego que dirigió a la Secretaría de la Organización de los Estados Americanos y que aparecen en el documento de trabajo no. 11 de esta conferencia; se reserva esta delegación la formulación de nuevas observaciones, conforme adelanten los trabajos de esta comisión; desde luego, debe destacarse que en las observaciones contenidas en el documento 11, se dice textualmente que ‘el Gobierno de México, no podrá otorgar su apoyo a disposición alguna que resultase incompatible con el contenido de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos’, posición esta que será la norma invariable de nuestra delegación.
"La razón de ello se encuentra en que el texto del artículo 133 de nuestra Constitución da el carácter de Norma Constitucional, con toda su validez y obligatoriedad a los tratados celebrados de acuerdo con la propia Constitución, por lo cual, no podremos, en ningún momento apoyar las partes del proyecto que resulten contradictorias o incompatibles con las normas constitucionales mexicanas."
"Doc.66
- Considerando
- Primer Problema Jurídico
- Hipótesis
- Fuente Normativa
- Septiembre
- Noviembre
- Los Estados Americanos Signatarios De La Presente Convención
- Consideraciones De La Sentencia Reclamada
- Existencia De Preceptos En Normas Nacionales
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- Xi La Seguridad Social Se Organizará Conforme A Las Siguientes Bases Mínimas
- Contenido De Las Disposiciones De Carácter Internacional Invocadas En El Concepto De Violación
- Artículo Derecho A La Seguridad Social
- Artículo Protección Judicial
- Razonamientos
- Premisa Mayor Normativa
- Premisa Menor Fáctica
- Subsunción
- Conclusión
- Segundo Problema Jurídico
- El Citado Dictamen También Señala
- Consideraciones De La Sentencia
- Concepto De Violación
- De Lo Hasta Aquí Expuesto Se Tiene Como Juicio De Valor Que
- Tercer Problema Jurídico
- Todas Las Pensiones Que Se Concedan Se Otorgarán Por Cuota Diaria
- Conceptos De Violación
- Cuarto Problema Jurídico
- Hipótesis Citada Que No Se Actualiza En La Especie
- Del Argumento Derivado Del Contexto Funcional Se Obtiene Como Juicio Normativo Que
- A Consecuencia De Lo Anterior Se Tiene Como Juicio Fáctico Que
- Quinto Problema Jurídico
- Fuente Fáctica
- De Acuerdo Con Lo Expuesto En La Fuente Fáctica Se Tiene Como Juicio De Valor Que
- Sexto Problema Jurídico
- A En Materia De Prestaciones Económicas
- A El Cuenta Con La Misma Que Tiene Entre Otras Obligaciones Las De
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Diccionario De La Lengua Española O Tomo Pág A Edición México Año