AMPARO DIRECTO 549/2013. 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JAIME URIEL TORRES HERNÁNDEZ. SECRETARIA: SONIA SUÁREZ RÍOS.
Fecha: 21-Mar-2014
Todas Las Pensiones Que Se Concedan Se Otorgarán Por Cuota Diaria
El primero de los artículos trasladados, establece que el derecho al goce de las pensiones de cualquier naturaleza, comenzará desde el día en que el trabajador o sus familiares derechohabientes cumplan con los requisitos establecidos en esa ley.
En tanto que el segundo dispone que el instituto estará obligado a otorgar la pensión en un plazo máximo de noventa días, contado a partir de la fecha en que reciba la solicitud con la documentación respectiva, así como la constancia de licencia prepensionaria, o en su caso, el aviso oficial de baja, sin perjuicio de que el trabajador pueda solicitar el cálculo de la pensión que le pudiera corresponder y que todas las pensiones que se concedan se otorgarán por cuota diaria.
Además, la circunstancia de que la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado sea de orden público y de observancia general, produce la consecuencia de que su aplicación sea obligatoria; es decir, tales características permiten aseverar que en el momento de cuantificar los montos para la determinación de la pensión, se debe atender a los lineamientos previstos por la ley, ya que su emisión no puede quedar al arbitrio de la autoridad.
Por otra parte, en cuanto al procedimiento del juicio natural, la fuente normativa la constituyen los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 40, 50, primer y tercer párrafos y 51, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, que son del tenor siguiente:
- Considerando
- Primer Problema Jurídico
- Hipótesis
- Fuente Normativa
- Septiembre
- Noviembre
- Los Estados Americanos Signatarios De La Presente Convención
- Consideraciones De La Sentencia Reclamada
- Existencia De Preceptos En Normas Nacionales
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- Xi La Seguridad Social Se Organizará Conforme A Las Siguientes Bases Mínimas
- Contenido De Las Disposiciones De Carácter Internacional Invocadas En El Concepto De Violación
- Artículo Derecho A La Seguridad Social
- Artículo Protección Judicial
- Razonamientos
- Premisa Mayor Normativa
- Premisa Menor Fáctica
- Subsunción
- Conclusión
- Segundo Problema Jurídico
- El Citado Dictamen También Señala
- Consideraciones De La Sentencia
- Concepto De Violación
- De Lo Hasta Aquí Expuesto Se Tiene Como Juicio De Valor Que
- Tercer Problema Jurídico
- Todas Las Pensiones Que Se Concedan Se Otorgarán Por Cuota Diaria
- Conceptos De Violación
- Cuarto Problema Jurídico
- Hipótesis Citada Que No Se Actualiza En La Especie
- Del Argumento Derivado Del Contexto Funcional Se Obtiene Como Juicio Normativo Que
- A Consecuencia De Lo Anterior Se Tiene Como Juicio Fáctico Que
- Quinto Problema Jurídico
- Fuente Fáctica
- De Acuerdo Con Lo Expuesto En La Fuente Fáctica Se Tiene Como Juicio De Valor Que
- Sexto Problema Jurídico
- A En Materia De Prestaciones Económicas
- A El Cuenta Con La Misma Que Tiene Entre Otras Obligaciones Las De
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Diccionario De La Lengua Española O Tomo Pág A Edición México Año