AMPARO DIRECTO 909/2012. 29 DE AGOSTO DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: JUAN GARCÍA OROZCO. PONENTE: HUGO SAHUER HERNÁNDEZ. SECRETARIA: LUCÍA ELENA HIGAREDA FLORES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 909/2012. 29 DE AGOSTO DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: JUAN GARCÍA OROZCO. PONENTE: HUGO SAHUER HERNÁNDEZ. SECRETARIA: LUCÍA ELENA HIGAREDA FLORES.

Fecha: 21-Mar-2014

La Visita Se Llevará A Cabo En El Lugar Señalado En Esta Orden

"De conformidad con lo que establece el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación, se le solicita dar a los visitadores las facilidades necesarias para el cumplimiento de la presente orden, en virtud de que el oponerse a la práctica de la visita o a su desarrollo, y no poner a su disposición todos los elementos que integran su contabilidad, no proporcionar al personal autorizado en forma completa, correcta y oportuna, los informes, datos y documentos que soliciten para el ejercicio de sus facultades de comprobación, constituye una infracción en términos del artículo 85, primer párrafo, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, la cual se sanciona de conformidad con lo señalado en el artículo 86, primer párrafo, fracción I, del propio Código Fiscal de la Federación, en cuyo caso, la autoridad podrá proceder en términos de lo dispuesto en el artículo 40 del referido código. Atentamente. ..." (fojas 240 y 241).

En autos, existe constancia de que el quejoso sí está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, empero, desde el treinta de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, informó encontrarse en suspensión de actividades incluyendo el ejercicio fiscal dos mil tres, como así se advierte de la constancia expedida por el propio Servicio de Administración Tributaria, visible a fojas 1068 del juicio de nulidad, agregada al propio expediente administrativo allegado a autos y que a la letra contiene los datos siguientes: