DIVORCIO. EL ARTÍCULO 404 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE JALISCO AL EXIGIR LA ACREDITACIÓN DE UNA CAUSAL PARA DISOLVER EL VÍNCULO MATRIMONIAL VULNERA EL DERECHO DE LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y, POR TANTO, DE LA DIGNIDAD HUMANA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DIVORCIO. EL ARTÍCULO 404 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE JALISCO AL EXIGIR LA ACREDITACIÓN DE UNA CAUSAL PARA DISOLVER EL VÍNCULO MATRIMONIAL VULNERA EL DERECHO DE LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y, POR TANTO, DE LA DIGNIDAD HUMANA.

Fecha: 26-Jun-2015

Serna Pedro Op Cit Páginas Y

21. Se consideran aplicables al orden jurídico nacional, en virtud del carácter universal de los derechos humanos, las consideraciones emitidas por el Tribunal Constitucional de Colombia, sobre la naturaleza del derecho al libre desarrollo de la personalidad, mismas que se exponen en la siguiente obra: Del Moral Ferrer, Anabella. "El Libre Desarrollo de la Personalidad en la Jurisprudencia Constitucional Colombiana". Universidad Rafael Urdaneta, Maracaibo, Venezuela. Cuestiones Jurídicas, Vol. VI, Núm. 2, julio-diciembre, 2012. Páginas 63-96.

22. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Temas Selectos de Derecho Familiar, "El Divorcio Incausado". Segunda reimpresión, septiembre de 2012, México, página 1.