AMPARO DIRECTO 178/2015. 17 DE SEPTIEMBRE DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ANTONIO CEJA OCHOA. SECRETARIO: RICARDO ALEJANDRO BUCIO MÉNDEZ.
Fecha: 09-Sep-2016
El Artículo Fracción I De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Dispone
"‘...’
"El precepto constitucional establece la facultad reglamentaria del Poder Ejecutivo Federal, conforme al cual, está autorizado para expedir las previsiones reglamentarias necesarias para la ejecución de las leyes emanadas por el órgano legislativo.
"Dicha facultad está sujeta, fundamentalmente, al principio de legalidad y a dos principios subordinados a éste, como son el de reserva de ley y el de subordinación jerárquica a esta última.
"El principio de reserva de ley consiste en que el reglamento no puede abordar de manera novedosa, materias reservadas en forma exclusiva a las leyes emanadas del Congreso de la Unión y, el de subordinación jerárquica consiste en la exigencia de que el reglamento esté precedido de una ley cuyas disposiciones desarrolle, complemente o pormenorice y en las que encuentre su justificación y medida.
"Lo anterior, de conformidad con la jurisprudencia P./J. 79/2009, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 1067, Tomo XXX, agosto de 2009, Novena Época, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, que dice:
"‘FACULTAD REGLAMENTARIA DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL. SUS PRINCIPIOS Y LIMITACIONES.’ (se transcribe)
"De acuerdo con lo anterior, la importancia de los reglamentos radica en que posibilitan que se provea en la esfera administrativa, a la exacta observancia de las leyes.
"De esta manera, es la ley la que determina y delimita el qué, quién, dónde y cuándo de una situación jurídica general, hipotética y abstracta, pero es el reglamento el que se ocupa de definir cómo se va a regular lo que la ley previamente estableció. Así, el reglamento depende de la ley, en tanto que actúa en estricta observancia de esta última.
"En el caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tiene a su cargo el ejercicio de las facultades y el despacho de los asuntos que le encomiendan no sólo la Ley del Servicio de Administración Tributaria, sino también ‘los distintos ordenamientos legales aplicables’, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del presidente de la República y los programas especiales y asuntos que el Secretario de Hacienda y Crédito Público le encomiende ejecutar y coordinar en las materias de su competencia.
"En lo que aquí interesa, conforme al artículo 144, fracción XXI, de la Ley Aduanera, que estuvo en vigor hasta el 9 de diciembre de 2013, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tenía, además de las conferidas por el Código Fiscal de la Federación y por otras leyes, facultades para otorgar, suspender y cancelar las patentes de los agentes aduanales, así como otorgar, suspender, cancelar y revocar las autorizaciones de los apoderados aduanales.
"Lo expuesto evidencia que existe una vinculación entre el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y la Ley Aduanera, dadas las facultades que en ésta se otorgan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de otorgamiento, suspensión y cancelación de las patentes de los agentes aduanales.
"De acuerdo con lo anterior, si bien como lo alega el quejoso, el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria desarrolla, principalmente, lo dispuesto en la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y no así lo previsto en la Ley Aduanera; esta sola circunstancia no conlleva la alegada transgresión al principio de subordinación jerárquica, pues para tal efecto es necesario evidenciar que la norma reglamentaria que se le aplicó, carece de una disposición contenida en la ley la cual desarrolle, complemente o pormenorice.
"En efecto, el principio de legalidad supone que no pueden existir reglamentos independientes en el ordenamiento jurídico y, en este sentido, es necesaria una ley previa (a la que esté subordinada jerárquicamente, esto es, la primacía o preferencia de la ley) para que el reglamento pueda intervenir sobre la materia, sin que para tal efecto sea indispensable que éste regule a aquélla en exclusiva, pues puede haber ocasiones en que un reglamento viole una ley distinta de la que reglamenta en forma específica y con ello eventualmente pueda infringir el principio en comento.
"Con esa precisión, corresponde examinar la facultad prevista en el artículo 11, fracción V, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, en relación con los requisitos para obtener la patente de agente aduanal, previstos en el artículo 159, en concordancia con el 144, fracción XXI, ambos de la Ley Aduanera, para verificar si esa norma reglamentaria cumple o no con el principio de subordinación jerárquica.
"El artículo 11, fracción V, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, dispone:
- Considerando
- La Función Del Agente Aduanal Es De Orden Público
- En El Caso No Desahogó Ese Procedimiento De Naturaleza Discrecional
- El Motivo De Disenso De Previa Reseña Es Infundado
- El Actor Fue Convocado Para Acreditar El Examen De Conocimientos Y Lo Aprobó
- Empero Esa Afirmación En Conjunto Con El Motivo De Disenso De Previa Reseña Son Infundados
- El Concepto De Violación De Previa Síntesis Es Infundado
- La Autoridad Lleva A Cabo La Validación De La Documentación Presentada
- Artículo Las Facultades Y Obligaciones Del Presidente Son Las Siguientes
- Artículo Compete A La Administración General De Aduanas
- Reformada Dof De Diciembre De
- Los Relatados Motivos De Disenso Son Infundados
- Agentes Y Apoderados Aduanales
- En Oposición A Lo Anterior Sustancialmente Se Plantearon Los Siguientes Conceptos De Anulación
- En La Ejecutoria Se Digitaliza El Acuerdo
- El Artículo Fracción I De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos Dispone
- Se Transcribe
- En La Propia Iniciativa Se Indicó En Lo Conducente
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Notifíquese