AMPARO DIRECTO 890/2016. 20 DE ABRIL DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS. DISIDENTE: SERGIO PALLARES Y LARA. PONENTE: FRANCISCO GONZÁLEZ CHÁVEZ. SECRETARIO: JOAQUÍN FERNANDO HERNÁNDEZ MARTÍNEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 890/2016. 20 DE ABRIL DE 2017. UNANIMIDAD DE VOTOS; MAYORÍA EN CUANTO AL SENTIDO Y TEMA DE LA TESIS. DISIDENTE: SERGIO PALLARES Y LARA. PONENTE: FRANCISCO GONZÁLEZ CHÁVEZ. SECRETARIO: JOAQUÍN FERNANDO HERNÁNDEZ MARTÍNEZ.

Fecha: 11-Ago-2017

Son Infundados Los Argumentos

Así se considera, toda vez que en el escrito de contestación los demandados de referencia no sólo negaron en forma lisa y llana la existencia de la relación de trabajo aducida por la actora, además refirieron ser representantes del patrón en los términos del artículo 11 de la ley de la materia. Se transcribe la parte conducente:

"...Por virtud de lo anterior ********** y **********, niegan de manera lisa y llana la existencia de la relación laboral con **********, toda vez que entre ellos nunca ha existido vínculo laboral alguno.

"Inclusive se manifiesta para todos los efectos legales correspondientes que los CC. ********** y **********, son representantes del patrón en los términos de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Federal del Trabajo vigente.