RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. EL HECHO DE QUE LOS ACTOS QUE SE TILDAN DE IRREGULARES HAYAN SIDO O NO RECLAMADOS EN AMPARO INDIRECTO NO CONDICIONA LA POSIBILIDAD DE ANALIZARLOS Y, EN SU CASO, CALIFICARLOS COMO ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA IRREGU
Fecha: 13-Abr-2018
Quintoestudio De Fondo
Como se desprende de los argumentos que quedaron marcados con los numerales 5, 6, 8 y 9 en la síntesis de esta ejecutoria, el reclamante argumenta que la Sala responsable, desatendió su deber de exhaustividad, pues no valoró todas las probanzas del expediente pero, principalmente, porque no tomó en consideración todos los elementos del caso bajo una perspectiva favorable a la persona, sino que revirtió la carga de la prueba a ésta en lugar de exigir a la autoridad administrativa que demostrara la regularidad de su actuación.
Pues bien, le asiste razón al solicitante de la reparación del daño, ya que este tribunal estima que las consideraciones de la responsable se construyen sobre apreciaciones apartadas del material probatorio disponible y no se ajustan a los estándares legales e interpretativos que en torno a este aspecto se han sentado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por las razones que en lo sucesivo se explican, mismas que se expondrán seccionadas en función de los distintos señalamientos que viene realizando el reclamante.
1. Irregular deportación o expulsión por violaciones procesales en perjuicio del solicitante de la reparación del daño.
En la época de los hechos, éste es el marco normativo que debía observar la autoridad administrativa en los trámites migratorios y, destacadamente, en el procedimiento de expulsión:
- Considerando
- Artículo
- La Irregularidad De La Actividad Administrativa
- El Nexo Causal Entre El Daño Y La Actividad Irregular De La Administración Publica
- Quintoestudio De Fondo
- Ley General De Población
- V Hayan Infringido Las Leyes Nacionales O Tengan Malos Antecedentes En El Extranjero
- Viii Lo Prevean Otras Disposiciones Legales
- G Contraiga Matrimonio Con Mexicano En Los Términos Previstos En El Artículo
- Capítulo X
- V Revisión Migratoria En Rutas O Puntos Provisionales Distintos A Los Establecidos Y
- Iii Nombre Y Domicilio De Las Personas Que Fungieron Como Testigos
- Reglamento De La Ley General De Población
- I Cuando No Tengan Documentación Migratoria O Tengan Impedimento Para Ser Admitidos
- Vii Cuando Se Estime Lesivo Para Los Intereses Económicos De Los Nacionales Y
- Iii Respeto A Los Derechos Humanos De Los Asegurados
- De Todo Lo Anterior Se Asentará Constancia En El Expediente Correspondiente
- Iii Como Consecuencia De Un Trámite Migratorio
- Ley Federal De Procedimiento Administrativo
- I Extradición Y
- Se Suprimieron Imágenes
- Se Suprimió Imagen
- Petición De Asilo Y Negativa De La Autoridad Para Llevar A Cabo El Procedimiento Respectivo
- Ley Sobre Refugiados Protección Complementaria Y Asilo Político
- Artículo Derecho De Circulación Y De Residencia
- Artículo Xxvii Derecho De Asilo
- Artículo Ii
- Artículo Iii
- Artículo Iv
- Artículo V
- Artículo Vi
- Artículo Ix
- Artículo Xiv
- Artículo I
- Artículo Vii
- Artículo Viii
- Artículo X
- Denegación De Asilo
- Maltrato Físico Y Psicológico Durante El Trayecto De México A Colombia
- Novenoefectos Del Amparo
- Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
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