RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. EL HECHO DE QUE LOS ACTOS QUE SE TILDAN DE IRREGULARES HAYAN SIDO O NO RECLAMADOS EN AMPARO INDIRECTO NO CONDICIONA LA POSIBILIDAD DE ANALIZARLOS Y, EN SU CASO, CALIFICARLOS COMO ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA IRREGU
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. EL HECHO DE QUE LOS ACTOS QUE SE TILDAN DE IRREGULARES HAYAN SIDO O NO RECLAMADOS EN AMPARO INDIRECTO NO CONDICIONA LA POSIBILIDAD DE ANALIZARLOS Y, EN SU CASO, CALIFICARLOS COMO ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA IRREGU

Fecha: 13-Abr-2018

Vii Cuando Se Estime Lesivo Para Los Intereses Económicos De Los Nacionales Y

"VIII. Cuando la autoridad sanitaria manifieste a la de migración que el extranjero o extranjera padece alguna enfermedad infectocontagiosa, que constituya un riesgo para la salud pública o que no se encuentre física o mentalmente sano, a juicio de la autoridad sanitaria.

"Al extranjero o extranjera que se interne al país, conociendo que tiene impedimento legal para hacerlo, se le impondrán las sanciones que establece el artículo 125 de la ley.

"En cuanto a los extranjeros o extranjeras que pretendan internarse con documentación vencida o irregular, se estará a las instrucciones que dicte la secretaría, salvo en los casos a que se refieren los artículos 173 y 178 de este reglamento."

"Artículo 207. Cuando, en términos del artículo 152 de la ley, se asegure a un extranjero o extranjera, el asegurado será puesto de inmediato a disposición del responsable de la estación migratoria, quien lo comunicará por escrito a sus superiores jerárquicos."

"Artículo 208. Las estaciones migratorias son las instalaciones físicas a cargo del instituto, para el aseguramiento de extranjeros en los términos que señala la ley. El secretario expedirá las disposiciones administrativas que regirán las mismas, las cuales preverán, cuando menos, lo relativo a los siguientes aspectos: