AMPARO DIRECTO 879/2017. 23 DE MARZO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ LUIS SIERRA LÓPEZ. SECRETARIO: JORGE IGNACIO PÉREZ HERNÁNDEZ.
Fecha: 22-Jun-2018
V Excusas
3. "Artículo 21. Se presumen la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe."
"Artículo 832. El que tiene a su favor una presunción legal, sólo está obligado a probar el hecho en que la funda."
4. "Artículo 786. Cada parte podrá solicitar que se cite a su contraparte para que concurra a absolver posiciones.
"Tratándose de personas morales, la confesional puede desahogarse por conducto de su representante legal o apoderado con facultades para absolver posiciones.
"Los sindicatos u organizaciones de trabajadores o patrones absolverán posiciones por conducto de su secretario general o integrante de la representación estatutariamente autorizada o por apoderado con facultades expresas."
- Considerando
- Los Anteriores Argumentos Son Inoperantes
- Lo Anterior Se Evidencia Con La Imagen Que A Continuación Se Inserta
- El Artículo De La Ley Federal Del Trabajo Establece Lo Siguiente
- Lo Anterior Es Fundado
- Con Base En Lo Anterior La Junta Responsable Determinó Lo Siguiente
- Determinación Que Se Estima Incorrecta
- Criterio El Anterior Que Se Encuentra Inmerso En La Jurisprudencia De Rubro Y Texto Siguientes
- Deje Insubsistente El Laudo Reclamado Y
- Artículo El Juicio De Amparo Directo Procede
- V Excusas
- Reformado Y Reubicado Dof De Enero De
- Artículo En El Desahogo De La Prueba Confesional Se Observarán Las Normas Siguientes
- F De E Dof De Enero De
- Reformada Dof De Noviembre De
- Reformado Dof De Noviembre De