AMPARO DIRECTO 271/2020. 26 DE NOVIEMBRE DE 2020. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: DANIEL HORACIO ESCUDERO CONTRERAS. ENCARGADO DEL ENGROSE: FRANCISCO JAVIER SANDOVAL LÓPEZ. SECRETARIO: HUGO ALFONSO CARREÓN MUÑOZ.
Fecha: 20-May-2022
Transitorios
"Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
"Segundo. La Secretaría de Economía contará con el plazo de un año contado a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación, para establecer mediante publicación en este medio de difusión, el sistema electrónico señalado en los artículos 50 bis y 600 del Código de Comercio; los artículos 9, 99, 119, 132, 136, 186, 223, 228 Bis, 243, 247 y 251 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; el artículo 212 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, así como en la fracción XXXI del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal."
- Escisión De Sociedades Mercantiles
- B Acuerdo De Escisión Y Su Ejecución
- La Escisión Se Regirá Por Lo Siguiente
- Artículo Bis
- Iv La Resolución Que Apruebe La Escisión Deberá Contener
- A Interpretación Literal
- B Interpretación Teleológica
- C Interpretación Progresista
- Caso Concreto
- Orden Del Día
- Primera Resolución
- La Escisión Se Llevará A Cabo Conforme A Las Siguientes Disposiciones
- Anexo C Activos Y Derechos De Sa De Cv
- I A Iv
- Transitorios
- En Esos Términos Se Señaló En La Iniciativa De Reformas