AMPARO DIRECTO 126/2022. 26 DE MAYO DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO SILVA GARCÍA. SECRETARIA: MAYRA ALEJANDRA GARCÍA QUISTIANO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 126/2022. 26 DE MAYO DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO SILVA GARCÍA. SECRETARIA: MAYRA ALEJANDRA GARCÍA QUISTIANO.

Fecha: 08-Jul-2022

Iv Presunción Del Vínculo Laboral Derivado De La Diligencia De Inspección

150. La inconforme se duele de que la autoridad responsable no otorgó valor a la prueba de inspección que ofreció respecto de la moral **********, **********, no obstante que al haber sido omisa en exhibir la totalidad de los documentos señalados, la Junta tuvo por ciertos los extremos que la actora pretendió acreditar, por lo que quedó acreditada la relación de trabajo entre las partes, probanza que, adminiculada con el informe rendido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), resulta suficiente para acreditar el vínculo laboral, así como la responsabilidad solidaria y, en consecuencia, condenar de las prestaciones reclamadas a dicha codemandada.

151. Como hemos expuesto, los anteriores argumentos son esencialmente fundados si se tiene presente que la trabajadora narró que al iniciar la relación laboral fue contratada por **********, **********, quien le pagaba sus prestaciones y le otorgaba seguridad social, pero que dicha patronal fue sustituida por ********** y **********, ambas **********, pero quien realmente se benefició de su trabajo es **********, **********, por lo que debían ser condenadas solidariamente al pago de las prestaciones reclamadas.