AMPARO DIRECTO 126/2022. 26 DE MAYO DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO SILVA GARCÍA. SECRETARIA: MAYRA ALEJANDRA GARCÍA QUISTIANO.
Fecha: 08-Jul-2022
V Argumentos Atinentes Al Pago De Prestaciones Extralegales
171. En otro tema, es parcialmente fundado lo que aduce la inconforme en el sentido de que la responsable inobservó que con la prueba de inspección que ofreció acreditó las prestaciones extraordinarias que reclamó, pues aun cuando mediante acuerdo de diez de agosto de dos mil veinte, la autoridad del conocimiento tuvo por presuntivamente ciertos los extremos que la actora pretendió acreditar (foja doscientos noventa y seis –296–), al no haber exhibido la demandada **********, **********, la totalidad de la documentación requerida por el actuario en la diligencia de diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve (foja ciento ochenta y siete –187– y vuelta), entre los que se encuentra que recibió el pago por los siguientes conceptos: vales de despensa, sueldo en efectivo, ahorro base patrón, incentivo de asistencia y serv (sic) y ayuda de transporte; lo cierto es que dicha presunción acepta prueba en contrario, como se desprende de la tesis de jurisprudencia 2a./J. 12/2001, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (transcrita en párrafos que anteceden).
172. En este sentido, a efecto de demostrar el salario que percibía la accionante, la demandada exhibió diecisiete (17) recibos de pago, de los que se advierte que del veintiocho de abril al siete de diciembre de dos mil dieciocho, la actora recibió de manera constante el pago de los siguientes conceptos: sueldo normal, séptimo día, prima dominical, subsidio al empleo y vale de despensa. (fojas ciento veinticuatro –124– a ciento veintinueve –129–)
173. Sin embargo, de éstos no se aprecia el pago de los conceptos referidos por la operaria, consistentes en: sueldo en efectivo, ahorro base patrón, incentivo de asistencia y serv (sic), y ayuda de transporte; para mejor comprensión, se inserta la imagen de tres (3) de los recibos exhibidos por la demandada:
- Quintoestudio
- I Omisión De La Junta De Juzgar Con Perspectiva De Género
- Artículo La Etapa De Demanda Y Excepciones Se Desarrollará Conforme A Las Normas Siguientes
- Ii Despido Alegado Por La Actora
- Adicionado Dof De Noviembre De
- Este Tipo De Trabajo Deberá Cumplir Con Las Siguientes Condiciones
- B Deberá Justificarse Por Su Carácter Especializado
- La Contratación Debe Estar Justificada Por Su Carácter Especializado
- Iv Presunción Del Vínculo Laboral Derivado De La Diligencia De Inspección
- Como Se Vio Negó De Manera Lisa Y Llana El Vínculo De Trabajo
- Iv Causa De Rescisión De La Relación De Trabajo
- Vii El Contrato De Trabajo
- Xiii Pago De La Participación De Los Trabajadores En Las Utilidades De Las Empresas Y
- V Argumentos Atinentes Al Pago De Prestaciones Extralegales
- Se Suprimen Imágenes
- Imágenes Sin Texto
- Deje Insubsistente El Laudo Reclamado
- Reitere Los Aspectos Que No Fueron Materia De Concesión