AMPARO DIRECTO 614/2011. 8 DE DICIEMBRE DE 2011. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: VÍCTOR FRANCISCO MOTA CIENFUEGOS. SECRETARIA: MARÍA ESTELA ESPAÑA GARCÍA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 614/2011. 8 DE DICIEMBRE DE 2011. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: VÍCTOR FRANCISCO MOTA CIENFUEGOS. SECRETARIA: MARÍA ESTELA ESPAÑA GARCÍA.

Fecha: 02-Sep-2022

D Se Aplica Respecto De Conductas Judiciales Y Extrajudiciales

Esta doctrina requiere de la existencia de un proceso para la aplicación de la regla. Sobre esta necesidad, Diez-Picazo(16) señalaba que: "... para nuestra jurisprudencia la aplicación de la regla que impide venir contra los actos propios presupone siempre una situación procesal ... es en el proceso donde no se puede venir contra los actos propios."

El que esta doctrina tenga aplicación exclusivamente dentro de un proceso de carácter jurisdiccional no significa que el acto que se pretende contradecir se haya suscitado dentro de un proceso, pues no existe inconveniente en que el mismo provenga de otro ámbito, sino únicamente que se requiere de un proceso para invocar la violación de la obligación de coherencia, generalmente como defensa.

e) Su aplicación no requiere de la existencia de una norma expresa, pues deriva del principio de buena fe.