AMPARO DIRECTO 614/2011. 8 DE DICIEMBRE DE 2011. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: VÍCTOR FRANCISCO MOTA CIENFUEGOS. SECRETARIA: MARÍA ESTELA ESPAÑA GARCÍA.
Fecha: 02-Sep-2022
El Principio General De La Buena Fe
La buena fe es, ante todo, un concepto jurídico indeterminado que ha sido utilizado en todos los ordenamientos jurídicos.
La doctrina ha discutido si su naturaleza es psicológica (también llamada subjetiva o cognoscitiva) o ética (denominada por algunos autores como objetiva).
Desde la primera perspectiva, la buena fe se define como la creencia de una persona de que actúa conforme a derecho, lo que no equivale a displicencia ni a confianza excesiva, sino que únicamente supone la creencia o ignorancia de no dañar un interés ajeno tutelado por el derecho.
Por lo que hace a la manifestación ética u objetiva, que es la que interesa al presente estudio por ser la que mayormente sustenta a la doctrina en análisis, se tiene que la buena fe constituye un principio general del derecho, consistente en un imperativo de conducta honesta, diligente, correcta.
En esta dimensión, es decir, como principio general de derecho, la buena fe es una regla de conducta que exige a las personas de derecho una lealtad y honestidad que excluya toda intención maliciosa. Implica un deber de actuar con coherencia y observar en el futuro la conducta que los actos propios hacían prever.(1)
En nuestro sistema legal, el principio general de la buena fe es base inspiradora y, por tanto, posee un alcance absoluto e irradia su influencia en todas las esferas, en todas las situaciones y en todas las relaciones jurídicas.
Así lo ha considerado, esencialmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (extinta Tercera Sala), como lo demuestra la siguiente tesis aislada publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXXII, página 353, con número de registro digital: 338803, que establece:
"BUENA FE, PRINCIPIO DE. Siendo la buena fe base inspiradora de nuestro derecho, debe serlo, por tanto, del comportamiento de las partes en todas sus relaciones jurídicas y en todos los actos del proceso en que intervengan."
Cabe señalar que la aplicación de la buena fe está autorizada en el último párrafo del artículo 14 de la Constitución Federal, en la que a falta de ley se permite la aplicación de los principios generales del derecho, al que ésta pertenece.
Esta disposición constitucional está en perfecta armonía con el desarrollo de la doctrina de los actos propios, que como se verá, tiene carácter residual y encuentra la existencia de disposición normativa expresa, una de sus limitaciones.
En adición a lo anterior, es importante destacar que su vigencia y utilización en el proceso también emanan del artículo 17 de la Carta Magna, relativo a la tutela judicial efectiva, puesto que al proscribirse la autotutela resulta palmario que el Estado tiene un interés especial en procurar que el proceso se desarrolle en la forma legalmente prevista, sin perjuicio o demérito de una de las partes, o dilaciones indebidas, ocasionadas tanto por los vicios del órgano jurisdiccional como por la conducta deshonesta y mendaz de los litigantes, por lo que se impone el rechazo a toda actuación maliciosa o temeraria de las partes, pues como lo entiende Picó I Junoy(2) "... la mala fe procesal puede poner en peligro el otorgamiento de una efectiva tutela judicial, por lo que debe en todo momento proscribirse."
Por último, a nivel normativo secundario es dable mencionar que como se advierte del análisis de los ordenamientos civiles sustantivos, se trata de una figura a la que el legislador se refiere cada vez que lo considera necesario como supuesto lógico de la norma tanto jurídica como de convivencia humana.(3)
- Considerando
- Esto Como Se Verá A Continuación Es Fundado
- La Garantía Hipotecaria Se Estableció Respecto Del Inmueble Descrito Como El
- En La Parte Conducente Se Indicó
- En El Informe Adicional De Fecha Dieciocho De Febrero De Dos Mil Diez En Lo Que Interesa Expresó
- La Parte Demandada Contestó La Demanda Y Negó Categóricamente El Derecho De La Actora
- Posición Cinco
- Respuesta
- Posición Seis
- El Principio General De La Buena Fe
- El Principio General De La Buena Fe Procesal
- Funciones Del Principio General De La Buena Fe
- Las Derivaciones Del Principio General De Buena Fe La Doctrina De Los Actos Propios
- Para La Resolución Del Presente Caso Interesa Exclusivamente Esta Última Doctrina
- Presupuestos Y Requisitos De Aplicación
- A Una Situación Jurídica Preexistente
- C Una Pretensión Contradictoria Con Esa Conducta Atribuible Al Mismo Sujeto
- A Una Conducta Jurídicamente Anterior Relevante Y Eficaz
- C La Identidad Del Sujeto O Centros De Interés Que Se Vinculan En Ambas Conductas
- B Un Comportamiento Posterior Contradictorio Que Afecta Las Expectativas Que Surgen Del Anterior
- A La Revisión De Un Derecho Al Que La Constitución Le Confiera El Carácter De Irrenunciable
- F Cuando El Acto Vinculante Fuera Un Acto Prohibido Por La Ley
- Otros Límites Establecidos Por La Doctrina Y La Jurisprudencia Comparadas Son Los Siguientes
- I No Rige Respecto De Actos Inconfirmables
- Características
- D Se Aplica Respecto De Conductas Judiciales Y Extrajudiciales
- F Puede Y Debe Ser Aplicada De Oficio Por El Juzgador
- Efectos De La Doctrina De Los Actos Propios
- Dicho Más Sencillamente La Sanción Es No Tomar En Cuenta El Acto Contradictorio
- Algunos Ejemplos Procesales En Los Que Se Ha Aplicado La Doctrina De Los Actos Propios
- A La Impugnación De La Legitimación Del Actor Admitida En Un Pleito Anterior
- E La Negación En Fase De Recursos De Los Hechos Admitidos En La Instancia
- La Doctrina Del Acto Propio En El Derecho Mexicano
- Las Principales Aplicaciones Que Tiene La Buena Fe En Nuestro Derecho Positivo
- Es Siempre El Principio De Que Los Contratantes Deben Obrar Como Personas Honorables Y Correctas
- Idea Que Se Puede Advertir De Diversos Criterios Emitidos Por Nuestro Máximo Tribunal A Saber
- Hasta Aquí Lo Relativo A Las Cuestiones Generales De La Doctrina De Los Actos Propios
- Que La Sala Responsable Deje Insubsistente La Sentencia Impugnada
- Con Plenitud De Jurisdicción Resuelva Lo Que Conforme A Derecho Proceda
- López Mesa Marcelo J Op Cit Página
- Ídem Página
- López Mesa Marcelo J Op Cit Páginas Y Citando Las Ideas De Diezpicazo
- Picó I Junoy Joan Op Cit Página