CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 11/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS CUARTO Y QUINTO, AMBOS EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO. 11 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS SAMUEL ALBERTO VILLANUEVA OROZCO,
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 11/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS CUARTO Y QUINTO, AMBOS EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO. 11 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS SAMUEL ALBERTO VILLANUEVA OROZCO,

Fecha: 02-Dic-2022

Vista Para Resolver La Contradicción De Criterios Y

RESULTANDO

PRIMERO.—Denuncia de contradicción de criterios. Mediante el oficio 40/2022-ST, presentado por correo electrónico el veintinueve de junio del año en curso, los integrantes del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil de este Tercer Circuito denunciaron la posible contradicción entre el criterio que sustentaron al resolver el impedimento 31/2022-III –en sesión de veintitrés de junio de dos mil veintidós–, y el emitido por su homólogo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, en el impedimento 76/2019, sesionado el catorce de noviembre de dos mil diecinueve.

SEGUNDO.—Trámite. La denuncia se admitió por auto de treinta de junio de la anualidad que transcurre, en el que se registró con el número de expediente 11/2022. Se ordenó recabar la información relativa a la vigencia del criterio sostenido por el Cuarto Tribunal Colegiado en cita, así como dar a conocer la radicación del asunto al director general de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al resto de los integrantes del Pleno.

TERCERO.—Recepción de información. La presidenta del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil de este Tercer Circuito hizo saber que el criterio objeto de la denuncia no ha sido abandonado. En tanto que el director general de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis en cita comunicó la ausencia de alguna contradicción de criterios en trámite ante el Alto Tribunal, sobre el tema de este asunto.

CUARTO.—Turno. Al integrarse el expediente, en auto de cinco de agosto del año que transcurre, se ordenó turnar al Magistrado Jesús Antonio Sepúlveda Castro, representante del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito.