CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 1/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO Y SEXTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. 25 DE ABRIL DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS MOISÉS MUÑOZ PADILLA, JESÚS D
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 1/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO Y SEXTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. 25 DE ABRIL DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS MOISÉS MUÑOZ PADILLA, JESÚS D

Fecha: 10-Jun-2022

Juicio De Nulidad

• El representante de una persona moral denominada **********, demandó la nulidad de la resolución contenida en el oficio con número de clave ********** de **********, emitido por el director de Notificación y Ejecución Fiscal de la Dirección de Ingresos, dependiente de la entonces Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Estado de Jalisco, mediante el cual le requirió por el pago de ********** (**********), con cargo a la póliza de fianza **********, expedida para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por una diversa persona moral, relativo a la ejecución total de una obra de rehabilitación de caminos en la propia entidad, derivado de un contrato público a precios unitarios y tiempo determinado.

• El conocimiento del asunto le correspondió a la Primera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, quien admitió a trámite la demanda de nulidad, bajo el número de expediente **********. Una vez agotada la instrucción, el asunto se resolvió el **********, en donde se determinó que la parte actora probó los hechos de su acción y, por ende, se declaró la nulidad de la resolución impugnada. Lo anterior, desestimando el planteamiento de caducidad por un lado y, por otra parte, considerando fundada una diversa violación formal consistente en que al requerirse la fianza no se exhibió la póliza de manera completa.