CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 226/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO Y SEGUNDO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO, Y EL TRIBUNAL COLEGI
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 226/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO Y SEGUNDO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO, Y EL TRIBUNAL COLEGI

Fecha: 17-Feb-2023

La Segunda Sala Conocerá De Las Materias Administrativas Y Del Trabajo

"TERCERO. Las Salas resolverán los asuntos de su competencia originaria y los de la competencia del Pleno que no se ubiquen en los supuestos señalados en el punto precedente, siempre y cuando unos y otros no deban ser remitidos a los Tribunales Colegiados de Circuito."

5. Sentencia recaída al recurso de reclamación 1674/2017, Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ponente: Ministro Alberto Pérez Dayán, veintiocho de febrero de dos mil dieciocho. Aprobado por unanimidad de cinco votos de los señores Ministros Alberto Pérez Dayán (ponente), Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y presidente Eduardo Medina Mora I.

6. Sentencia recaída a la contradicción de tesis 221/2014, Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ponente: Ministro José Fernando Franco González Salas, cinco de marzo de dos mil quince.

7. Tesis: P./J. 72/2010, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, agosto de 2010, Tomo XXXII, página 7, registro digital: 164120.

8. Sentencia recaída al amparo directo en revisión 2004/2016, por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ponente: Ministro José Fernando Franco González Salas, veintiuno de septiembre de dos mil dieciséis. Aprobado por mayoría de cuatro votos de los señores Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas (ponente) y presidente Alberto Pérez Dayán. La señora Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos emitió su voto en contra.

9. Información consultable en el siguiente enlace: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022/OtrTemEcon/ENDUTIH_21.pdf

10. Información consultable en el siguiente enlace: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/729018/Informe_de_Avance_y_Resultados_2021_de_Telecomunicaciones_de_Mexico.pdf

11. Información consultable en el siguiente enlace: https://telecomm.gob.mx/gobmx/sgst/?fbclid=IwAR339u8hc2c0oV3VIzDEwL-H_XsPrAhnli07K96VoEZ9r2I-QUIjeG0Nkrs

12. Información consultable en el siguiente enlace: https://www.correosdemexico.gob.mx/SSLServicios/consultaCP/bofpostal.aspx

13. Sentencia recaída a la contradicción de tesis 221/2014, fallada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ponente: Ministro José Fernando Franco González Salas, cinco de marzo de dos mil quince. Aprobada por mayoría de votos.

14. Tesis de jurisprudencia: P./J. 13/2015 (10a.), publicada la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 18, mayo de 2015, Tomo I, página 40, registro digital: 2009175.

15. Tesis de jurisprudencia: P./J. 14/2015 (10a.), publicada la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 18, mayo de 2015, Tomo I, página 42, registro digital: 2009176.