Suprema Corte de Justicia de la Nación
CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 26/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DÉCIMO CIRCUITO. 17 DE FEBRERO DE 2023. MAYORÍA DE DOS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JOSÉ LUIS CABALLERO RODRÍGUEZ Y EMILIO
Fecha: 24-Mar-2023
B Empresas
"...
"2. Aquellas que actúen en virtud de un contrato o concesión federal y las industrias que les sean conexas."
- I Trámite De La Denuncia
- Ii Competencia
- Iii Legitimación
- Iv Criterios Denunciados
- Para Evidenciar Tal Afirmación Se Reproduce La Parte Conducente De La Escritura Pública
- V Análisis Sobre La Existencia De Contradicción
- Vi Criterio Que Debe Prevalecer
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- B Empresas
- Xi A Los Tribunales De Las Entidades Federativas
- Ii Empresas
- Artículo
- Artículo Para El Ejercicio De Sus Atribuciones Corresponde Al Instituto
- Ley Federal De Procedimiento Administrativo
- Ley Federal De Telecomunicaciones Y Radiodifusión
- Iv La Ley Federal De Procedimiento Administrativo
- V El Instituto Federal De Telecomunicaciones
- Vii Sentido Que Orienta A La Jurisprudencia Que Se Determina
- Primeroexiste La Contradicción De Criterios Denunciada
- Fraga Gabino Derecho Administrativo Editorial Porrúa A Edición México Página