CONTRADICCIÓN DE TESIS 263/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO Y EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO. 30 DE MARZO DE 2022. MAYORÍA DE TRES VOTOS DE LA MINIST
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 263/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO Y EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO. 30 DE MARZO DE 2022. MAYORÍA DE TRES VOTOS DE LA MINIST

Fecha: 18-Nov-2022

Antecedentes Del Asunto

1. Denuncia de la contradicción. Los Magistrados del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito denunciaron la posible contradicción de tesis entre los criterios sustentados por el citado órgano al resolver el amparo en revisión 262/2020(1) y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito al resolver el amparo directo 953/2017.

2. Trámite de la denuncia. El presidente de este Alto Tribunal admitió a trámite la denuncia de contradicción de tesis (hoy contradicción de criterios) y la registró con el número de expediente 263/2021, ordenó el trámite respectivo para su debida integración y dispuso el turno al Ministro ponente,(2) quien se avocó al conocimiento de aquél.(3)