CONTRADICCIÓN DE TESIS 4/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL DÉCIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO, DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 4/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL DÉCIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO, DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLE

Fecha: 23-Sep-2022

B Juicio Ordinario Mercantil

39. Ante la falta de pago, Siner, Servicios de Ingeniería Especializada, Sociedad Anónima de Capital Variable, demandó en la vía ordinaria mercantil a Pemex Transformación Industrial (antes Pemex Refinación) y Pemex Refinería "Miguel Hidalgo", entre otras prestaciones, la declaración judicial a través de la cual se reconociera la ejecución de los trabajos ejecutados por la referida empresa de forma adicional a los que originalmente formaron parte del contrato de obra pública número DCPA-OP-SCP-SP-GTUL-L-11-15, celebrado entre Pemex y la actora, así como que se reconociera el adeudo derivado de dichos trabajos.

40. Dicha demanda se turnó al Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, cuyo titular se declaró legalmente incompetente para conocer del asunto, pues estimó que el contrato de obra pública era de índole administrativo, por lo que en términos de lo dispuesto en el artículo 3, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dicho tribunal era el competente para conocer del asunto.