CONTRADICCIÓN DE TESIS 9/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL DÉCIMO OCTAVO Y EL PRIMER TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 11 DE OCTUBRE DE 2022. MAYORÍA DE DIECIOCHO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JOEL CARRANCO ZÚÑIG
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 9/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL DÉCIMO OCTAVO Y EL PRIMER TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 11 DE OCTUBRE DE 2022. MAYORÍA DE DIECIOCHO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JOEL CARRANCO ZÚÑIG

Fecha: 13-Ene-2023

Vi Omitir La Práctica De Las Diligencias Necesarias En Cada Asunto

"VII. Abstenerse de ejercitar la acción de extinción de dominio en los casos y en los términos que establezca la ley de la materia;

"VIII. Abstenerse de promover en la vía incidental ante la autoridad judicial el reconocimiento de la calidad de víctima u ofendido en términos de las disposiciones aplicables;

"IX. Negar indebidamente a la víctima u ofendido el acceso a los fondos contemplados en ley cuando tenga derecho a ello;

"X. No registrar la detención conforme a las disposiciones aplicables o abstenerse de actualizar el registro correspondiente;