CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 342/2019. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE COLIMA. 25 DE MARZO DE 2021. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 342/2019. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE COLIMA. 25 DE MARZO DE 2021. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES.

Fecha: 10-Feb-2023

Artículo Son Derechos Y Obligaciones De Los Usuarios De Las Moto Taxis Los Siguientes

"‘I. A la prestación del servicio en forma regular, continua, uniforme, permanente e ininterrumpida y en las mejores condiciones, comodidad y eficiencia;

"‘II. Abstenerse de ejecutar o hacer ejecutar a bordo de los vehículos, actos que atenten contra la tranquilidad, seguridad e integridad de terceros;

"‘III. Abstenerse de pretender que la prestación del servicio se haga contraviniendo las disposiciones legales o reglamentarias correspondientes;

"‘IV. Acatar las disposiciones legales sobre la movilidad o tránsito, señaladas en el Reglamento de Tránsito;

"‘V. Al respeto a las tarifas autorizadas, incluyendo las tarifas preferenciales que en su momento determine el Ayuntamiento para estudiantes, adultos mayores y personas con discapacidad;

"‘VI. Conocer el número de licencia, gafete, fotografía y nombre del operador, la matrícula del vehículo, así como el número telefónico del centro de atención al usuario para solicitar información o iniciar una queja; información que deberá estar colocada en un lugar y tamaño visible en cada moto taxi;