CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 342/2019. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE COLIMA. 25 DE MARZO DE 2021. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 342/2019. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE COLIMA. 25 DE MARZO DE 2021. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES.

Fecha: 10-Feb-2023

Ii Contar Con Licencia Comercial De Funcionamiento Expedida Por El Ayuntamiento

"III. Tener a la vista en el medio de transporte alternativo, el tarjetón distintivo validado por el secretario y el director general;

"IV. Por lo que hace a la circulación cumplir con todos los requisitos que marca el artículo 18 y demás disposiciones aplicables del presente reglamento; y,

"VI. (sic) Cumplir con todas las condiciones de funcionamiento que en su momento determine el Ayuntamiento."

"Artículo 42. Todo vehículo de transporte público de pasajeros, así como los vehículos para la prestación del servicio de transporte alternativo autorizados por el H. Ayuntamiento, deberán contar con seguro de viajeros y de daños a terceros, la inobservancia a tal disposición conllevará el aseguramiento del vehículo y en caso de participar en un hecho de tránsito, se ajustará a lo dispuesto al artículo 76 del Código Penal vigente en el Estado de Colima."