CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 342/2019. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE COLIMA. 25 DE MARZO DE 2021. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES.
Fecha: 10-Feb-2023
Iii Tratándose De La Unidad Que Se Pretenda Destinar Como Moto Taxi
"‘a) Acreditar la propiedad del vehículo y que se encuentren al corriente de los pagos de tenencia; y,
"‘b) La constancia de inscripción del Registro Público Vehicular emitida por las autoridades competentes. Los documentos anteriores se deberán presentar en original para su cotejo, junto con dos copias fotostáticas.’
"‘Artículo 10. El Ayuntamiento determinará lo conducente dentro de un periodo de 3 días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud.
"‘El Ayuntamiento hará saber por escrito a los solicitantes del resultado de sus promociones. En caso negativo, expresarán la causa y el fundamento de dicha negativa.
"‘En el caso de ser procedente la emisión de la licencia, una vez que el Ayuntamiento le notifique lo conducente, el solicitante deberá en un periodo de 3 días hábiles:
"‘I. Acreditar que cuenta con póliza de seguro de viajeros y de protección de daños a terceros vigente, misma que deberá asegurar que en el concepto de responsabilidad civil al viajero se contemple una suma mínima de 5000 UMAS; y,
"‘II. Acreditar el pago de derechos correspondientes, así como cualquier otro derecho que fijen los ordenamientos legales aplicables.’
"‘Artículo 11. La sola presentación de la solicitud y gestión de trámite de la licencia municipal, no autoriza al solicitante a iniciar la prestación del servicio o funcionamiento de la oficina señalada en el artículo que antecede. El Ayuntamiento expedirá al solicitante constancia de que ha sido entregada la solicitud y la documentación respectiva, en la que se hará mención expresa del contenido del párrafo anterior, y en la que se recabará su firma de conformidad con dicha disposición.’
"‘Artículo 12. Durante los meses de enero y febrero de cada año, los titulares de las licencias respectivas deberán solicitar por escrito el refrendo de las mismas. La extemporaneidad en la solicitud de los refrendos dará lugar a la caducidad de la licencia respectiva, previa declaración que al respecto emita el Ayuntamiento y que deberán notificar al titular de la misma, en un término no mayor de 8 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se realice el pronunciamiento.’
"‘Artículo 13. Las licencias de funcionamiento a que se refieren los presentes lineamientos, no son objeto de comercio. Sólo podrán ser cedidas, traspasadas o arrendadas mediante autorización expresa y por escrito del Ayuntamiento. La inobservancia de esta disposición será motivo de revocación de las licencias.’
"‘Artículo 14. Se autoriza en el Municipio de Comala, Colima, que quienes cuenten con una licencia municipal de funcionamiento para la prestación del servicio de transporte alternativo, lo realicen de acuerdo al horario de servicio y días de funcionamiento siguientes:
- Resultando
- B Norma General O Actos Cuya Invalidez Se Reclama
- Considerando
- El Precedente Anterior Dio Lugar A La Tesis Aislada De Rubro Y Texto Siguientes
- Del Asunto Anterior Derivó La Tesis De Jurisprudencia Pj De Rubro Y Texto Siguientes
- Ii Contar Con Licencia Comercial De Funcionamiento Expedida Por El Ayuntamiento
- Artículo
- Artículo La Dirección Podrá Asegurar Vehículos Por Las Causas Siguientes
- Acuerdo De Cabildo
- Capítulo I Aplicabilidad
- Iii En La Comunidad De Nogueras
- Ayuntamiento El H Ayuntamiento Constitucional Del Municipio De Comala
- Municipio El Municipio De Comala Colima
- Secretario El Secretario General Del H Ayuntamiento De Comala Y
- De Las Autoridades
- I Determinar La Tarifa De Cobro Por El Servicio De Moto Taxi
- I Contar Con Licencia Comercial De Funcionamiento Expedida Por El Ayuntamiento
- Iv Cualquier Otra Que En Su Momento Solicite El Ayuntamiento
- Vi Cualquier Otra Que En Su Momento Solicite El Ayuntamiento
- Iii Tener Como Objeto Social La Prestación Del Servicio De Transporte Alternativo
- Del Trámite Para El Otorgamiento De La Licencia
- Iii En Dado Caso De Que Exista Disponibilidad Se Procederá De Acuerdo Al Presente Capítulo
- C Denominación Ubicación Y Descripción Circunstanciada De La Oficina De Atención Al Público
- Iii Tratándose De La Unidad Que Se Pretenda Destinar Como Moto Taxi
- Aspectos Regulables
- Artículo Son Derechos Y Obligaciones De Los Usuarios De Las Moto Taxis Los Siguientes
- Vii Conservar En Buen Estado La Unidad Que Aborda
- Xiii Recibir Del Operador Un Trato Digno Y Respetuoso
- V Realizar Los Trámites Administrativos Para Obtener En Tiempo El Refrendo De La Licencia
- Del Número Autorizado De Licencias
- De Las Tarifas
- Artículo Serán Infracciones A Los Presentes Lineamientos Las Siguientes
- Ii Cualquier Conducta Que Contravenga Alguna Disposición De Los Presentes Lineamientos
- Iv Iniciar El Funcionamiento Sin Haber Obtenido Previamente La Licencia
- Vi Cualquier Otra Que En Su Momento Imponga El Ayuntamiento
- I Amonestación
- En Cualquier Caso La Sanción Será Notificada En Forma Personal
- Iii La Causa Y Condiciones Específicas De La Infracción
- Vii Cualquier Otra Que Determine En Su Momento El Ayuntamiento
- Primero Los Presentes Lineamientos Entrarán En Vigor A Partir De Su Aprobación
- Primeroes Parcialmente Procedente Y Fundada La Presente Controversia Constitucional
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Votación Que No Se Refleja En Los Puntos Resolutivos
- Cabildo El H Cabildo Del Ayuntamiento De Comala
- Corporación Dirección General De Seguridad Pública Y Policía Vial Del Municipio De Comala
- Director El Director Operativo De La Policía Vial Del Municipio De Comala
- Estado El Estado De Colima
- Ley La Ley De Movilidad Sustentable Para El Estado De Colima
- Municipio El Municipio De Comala
- Secretario El Secretario General Del H Ayuntamiento De Comala
- Vía Pública El Espacio Público Destinado Al Tránsito De Vehículos Y Peatones
- Al
- Del I Al Xii
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- Vii Los Conceptos De Invalidez
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- Artículo Los Síndicos Tendrán Las Siguientes Facultades Y Obligaciones
- Ibídem P
- G Calles Parques Y Jardines Y Su Equipamiento
- Resuelta El Once De Enero De Dos Mil Once Por Unanimidad De Diez Votos
- Iii Los Municipios Tendrán A Su Cargo Las Funciones Y Servicios Públicos Siguientes
- Reafirmando Lo Dicho En La Controversia Constitucional
- Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Artículo Atribuciones Del Ejecutivo Del Estado
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener