CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 342/2019. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE COLIMA. 25 DE MARZO DE 2021. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 342/2019. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE COLIMA. 25 DE MARZO DE 2021. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: NÍNIVE ILEANA PENAGOS ROBLES.

Fecha: 10-Feb-2023

Reafirmando Lo Dicho En La Controversia Constitucional

33. En los antecedentes del referido acuerdo por el que se aprueban los lineamientos expresamente se señala:

"...

"Que en la presente sesión se ha aprobado ya el dictamen relativo a la reforma del artículo 3, 42, el primer párrafo y los códigos 137 y 138 del artículo 241, y las fracciones XIII y XIV del artículo 245; así como la adición al artículo 18 Bis, un segundo párrafo al artículo 240, el código 139 al artículo 241, y la fracción XV al artículo 245; todos del Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de Comala, Colima; así mismo la reforma de las sanciones mínimas y máximas de los códigos 002, 013, 025, 028, 035, 082, 093, 099, 119, 123, 132 y 138; y la adición del código 139 al tabulador de sanciones del artículo transitorio cuarto del Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de Comala; dictamen que en su artículo 18 Bis establece lo siguiente:

"‘Artículo 18 Bis. Para que se autorice la circulación de vehículos para la prestación del servicio de transporte alternativo, deberá cumplir cada uno con los requisitos siguientes: